La elección de consejeros, ¿constitucional o inconstitucional?: Rosy RAMALES

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¿Es constitucional o inconstitucional la elección del Presidente Consejero y de los consejeros electorales del Instituto Estatal Electoral (y de Participación Ciudadana)? Eso lo declararan los tribunales electorales cuando resuelvan la impugnación del PRI, si acaso la presenta. En estos momentos, entre los apasionados del derecho Constitucional Electoral hay opiniones encontradas. También, obviamente, entre los actores políticos.

 

Los priístas alegan violación esencial al procedimiento de votación porque los diputados aliancistas eligieron al presidente del Consejo, Alberto Alonso Criollo, sin la mayoría calificada exigida por la Constitución particular y por el Código Electoral. Aquí habría que preguntar: ¿Constitucional y legalmente qué procede cuando, iniciado el proceso de votación y después de un largo receso, no logra reunirse la mayoría calificada del total de los diputados integrantes del Congreso por ausencia de dipuatados? Hay jurisprudencia que autoriza otro tipo de votación cuando no se reúne la requerida: La calificada de los presentes o la simple. Incluso, el reglamento del Congreso debe prever los casos.

Necesitaríamos tener el expediente completo de la sesión. Pero hasta donde sabemos, los aliancistas optaron por elegir, tanto al presidente del Consejo como a los consejeros electorales, por mayoría calificada de los miembros presentes. O sea, con al menos las dos terceras partes de los 25 diputados presentes. Y votaron a favor los 25.

La fracción parlamentaria priísta, que encabeza  Martín Vázquez Villanueva puede alegar que se excluyó de la votación sus fórmulas de consejeros electorales. Hasta donde se sabe, el líder de la fracción parlamentaria del PRD, Carol Antonio Altamirano, promovió que el pleno considera las propuestas priístas, las cuales obtuvieron cero votos. Claro, no haberlas votado hubiese violado el derecho político electoral de los propuestos, aún cuando fueran inelegibles.

Hubo errores en el dictamen de la Comisión Permanente de Administración de Justicia. Y también violaciones de origen al permitir que varios aspirantes, tanto a presidente Consejero como a consejeros electorales, se inscribieran por varias fracciones parlamentarias, con lo cual se “amarró” el voto para los así inscritos. La fracción parlamentaria priísta pudo haberse opuesto a tal registro violatorio a todas luces del principio de equidad, sobre todo para los competidores; pero no solo lo consintió, sino que aprobó el dictamen al principio de la sesión de votación. En su caso y desde el principio, los priístas hubiesen promovido el registro de aspirantes en todos los grupos parlamentarios. Y al votar a favor del dictamen avaló cualquier violación en el procedimiento de votación para éste.

Los diputados priístas pueden alegar que en el momento de la votación aún no entraban en vigor las reformas electorales constitucionales y legales. Los aliancistas argumentaran lo contrario. Cada cual tendrá que probarlo en los tribunales, en su caso. Tal asunto se puede “arreglar” con un Extra del Periódico Oficial, como han estilado quienes han detentado el poder, no sería esta la excepción. Aunque ello sería un acto autoritario de cualquier gobierno que se precie de ser democrático.

¿Qué más podría alegar la fracción priísta en su impugnación? Tal vez la inelegibilidad de alguno de los electos. Por ejemplo, del consejero presidente, Alberto Alonso Criollo, de quien se dice trabajó inicialmente en el gobierno de Gabino Cué. No obstante, una cosa es lo que se dice, y otra que conste legalmente. Tendrían que probar que tuvo nombramiento o que cobró por el desempeño de alguna función pública.

ERRORES POLÍTICOS

Amén del asunto legal, también está el político. En este contexto, habría que preguntarse ¿Qué le pasó a los diputados priístas, que en una sesión perdieron todo por nada? Solo se quedaron con el representante legislativo ante el Consejo Electoral. Ni presidente consejero, ni consejeros y ni direcciones si acaso no negocian algunas antes de que nombren directores, salvo que estén  seguros de ganar la impugnación. Los priístas, vía su fracción parlamentaria, o viceversa, tuvieron varios errores.

Primer error: Haber propuesto a Othoniel Melchor Peña quien no convencía ni a varios diputados priístas. Pero acataron línea (o una mala asesoría) desoyendo la voz de la ciudadanía y de su propia militancia. O sea, no actuaron como oposición.  Además de proponer a personas legalmente inelegibles como consejeros electorales.

Segundo error: Haberse cerrado solamente a una propuesta en el caso de consejero presidente y a dos propuestas en el caso de consejeros electorales cuando la ley permite sabiamente las ternas.

Tercer error: Haber accedido a aprobar primero la reforma constitucional del gobernador Gabino Cué y luego ir a la elección de los miembros “ciudadanos” del Consejo Electoral. Debió ser al revés a efecto de garantizar la negociación.

Cuarto error: No llegar a la sesión la fracción priísta. Cuando pudieron haber negociado, por ejemplo, la presidencia del Consejo para los aliancistas a cambio de la Dirección General del Instituto (quien legalmente tiene el control del presupuesto y de la estructura electoral) y por lo menos la mitad de las direcciones ejecutivas, más sus dos fórmulas de consejeros, por supuesto, aún inelegibles. Vamos, debieron llegar y recurrir a estrategias, incluso cavernarias, pero al fin estrategias, como el de tomar la tribuna hasta conseguir una buena negociación. Claro, los aliancistas, en ese caso, hubiesen podido sesionar en recinto habilitado, pero ello les pesaría socialmente.

Quinto error: La falta de liderazgo, sobre todo en la fracción parlamentaria, y falta de operación política, aunado a una asesoría en tela de juicio hasta que, en su caso, ganasen la impugnación y se repusiera o todo el procedimiento de elección de presidente consejero y de sus consejeros electorales desde la convocatoria o desde el procedimiento de votación en el pleno para uno o todos los electos. Incluso, tal vez la falta de tales elementos propició la actuación por aparte del diputado Carlos Martínez, quien, en todo su derecho, asumió su responsabilidad como representante popular, no de partido político.

Sexto error: Haber permitido que la elección iniciara con el presidente consejero. Una estrategia para garantizar cuando menos el ingreso de sus propuestas de consejeros electorales, debió haber empezado la votación para consejeros.

Esos, entre los principales errores.

¿Qué pueden hacer ahora? Tienen la opción de impugnar la elección del presidente consejero y de los consejeros electorales. Pero al impugnarla la estarían convalidando; claro, apostándole a que los tribunales electorales resuelvan a favor de los priístas. Otra opción es a partir de su amago de retirar la representación del PRI en el Consejo Electoral, negociar (y antes que nombren titulares) la Dirección General del Instituto y algunas direcciones ejecutivas.

La presencia del PRI en el Consejo, a través de su representante y su consejero legislativo, es importante para la democracia, no precisamente porque con su sola presencia legitime los actos del Consejo, sino porque en estos momentos representa el equilibrio. Y si bien no tendría votos suficientes para cambiar decisiones del Consejo, sí tendría la legitimidad más cercana para impugnarlas y para denunciarlas con más fuerza ante los medios masivos de comunicación.

rosyrama@hotmail.com