IEEPCO aplicará “8 de 8” a candidaturas en Oaxaca; sentenciados por violencia y deudores alimentarios quedarán fuera de elección 2027

#JaimeGUERRERO

El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) endureció los filtros para quienes busquen una candidatura en las elecciones de 2027: verificará que aspirantes a diputaciones y concejalías no tengan sentencia firme vigente por siete categorías de delitos intencionales ni hayan sido declarados deudores alimentarios morosos.

Las nuevas reglas de “8 de 8 contra la violencia” serán obligatorias para partidos políticos nacionales y locales, candidaturas independientes, independientes indígenas y afromexicanas, así como aspirantes a la Diputación Migrante o Binacional.

El filtro establece que no podrán ser registradas las personas con sentencia firme y sanción vigente por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales; el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar; violencia familiar equiparada; violación a la intimidad sexual, y violencia política contra las mujeres en razón de género.

El octavo supuesto alcanza a quienes hayan sido declarados deudores alimentarios morosos. En cualquiera de estos casos, la persona no podrá ser registrada para ningún cargo de elección popular.

Una de las disposiciones centrales es que el IEEPCO realizará dos verificaciones: la primera antes de aprobar el registro de las candidaturas y la segunda antes de declarar la validez de la elección y entregar las constancias de mayoría.

La revisión abarcará diputaciones de mayoría relativa y representación proporcional, candidaturas independientes e indígenas y afromexicanas, la Diputación Migrante o Binacional y las concejalías de los municipios que participan en el proceso electoral.

Para los cruces de información, la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes contará con la colaboración de la Unidad Técnica para la Igualdad de Género y No Discriminación y solicitará información a autoridades judiciales y administrativas.

Si durante la revisión se detecta que una persona se encuentra en alguno de los supuestos de inelegibilidad, será notificada junto con el partido, coalición o candidatura común y contará con 48 horas para ejercer su derecho de audiencia.

Si subsiste la inelegibilidad, el partido tendrá otras 48 horas para sustituir la candidatura, respetando paridad, alternancia de género y acciones afirmativas. Si no realiza el cambio dentro del plazo, perderá el derecho al registro de esa candidatura.

Para candidaturas independientes, independientes indígenas y afromexicanas procederá la negativa o cancelación del registro conforme a la legislación electoral.

Los lineamientos también permiten que la ciudadanía presente escritos para advertir que alguna candidatura podría encontrarse en los supuestos de inelegibilidad. El IEEPCO deberá revisar la información y garantizar el derecho de audiencia.

Incluso si el impedimento se descubre después del registro, podrá ordenarse la sustitución mientras permanezca abierto el plazo legal. Si aparece cuando las sustituciones ya concluyeron, la elegibilidad será analizada antes de declarar la validez y entregar la constancia de mayoría.

Además, la Presidencia y la Secretaría Ejecutiva del IEEPCO deberán establecer o actualizar convenios con autoridades administrativas y judiciales para mantener mecanismos continuos de cruce de información durante todo el proceso electoral.