Debe México reanudar arancel a acero asiático

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La Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (Canacero) informó que la Secretaría de Economía debe cobrar nuevamente aranceles a las importaciones de productos siderúrgicos de procedencia asiática, pues así lo refiere un amparo provisional que otorgó el Juzgado VII en Materia Administrativa en el Distrito Federal.

 

“Una vez que sea notificada formalmente la Secretaría de Economía, deberán cesar los efectos del citado decreto (emitido en el 2010), y en consecuencia, volverse a cobrar los aranceles de importación del sector siderúrgico que fueron eliminados a partir del 1 de enero del 2012, y que son del orden de 3 a 7%”, informó la Canacero.

El anterior amparo se suma a dos más que ya fueron otorgados en el estado de Coahuila; el primero de ellos, promovido por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica bajo el argumento del impacto al empleo que traerá la eliminación arancelaria, pues el riesgo era para más de 500,000 empleos, según el organismo sindical; y un segundo, por una empresa del sector.

ES FACULTAD DEL EJECUTIVO

AFIRMA ECONOMÍA

Al respecto, el director Jurídico de la Secretaría de Economía, Miguel Gómez, argumentó que ya trabajan en los alegatos para defender el decreto que presentó el presidente Felipe Calderón en el 2010, y que le permite, bajo el Artículo 131 de la Constitución, aumentar o disminuir los aranceles de acuerdo con lo que se considere más apropiado, cuya finalidad es beneficiar al consumidor. Gómez dijo que es “extraño” que después de dos años se presenten amparos, cuando el acto reclamado tiene su origen en un decreto del 2010, en el que “se previó una desgravación paulatina de las importaciones de acero; cuando transcurre tiempo determinado ya no procede la demanda de amparo, y aquí estamos en la tercera fase, primero se bajó el arancel de 7 a 5% y de 5 a 3 por ciento”.

Sin embargo, la Canacero dijo que la suspensión provisional se otorgó en virtud de que el Juez consideró que “el Ejecutivo Federal no acreditó que existiera una situación de urgencia que justificara emitir este tipo de decretos a la luz del Artículo 131 constitucional, y que dicha desgravación podría causar una afectación de difícil reparación a la planta productiva”.

La Secretaría de Economía ya fue notificada del amparo provisional que promovió el Sindicato; sin embargo, aún no recibía la notificación del amparo que promovió la propia Canacero.

“Interpusimos el amparo colectivo fundado en los artículos 103 y 107 de la Constitución, ya reformados en este periodo de la Cámara de Diputados”, dijo Tereso Medina, dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica.

El Economista