Congreso de Oaxaca actualiza Constitución Local a preceptos jurisdiccionales a favor de las mujeres

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El Congreso Local eliminó la normativa que establecía que el derecho a la vida tenía que ser protegido por el Estado desde el momento de la fecundación.
 
Mediante la modificación al Artículo 12 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, la LXIV Legislatura preponderó el ejercicio de los derechos de las mujeres, que incluyen la autonomía reproductiva, la libertad, la privacidad, la igualdad, la salud y la no-discriminación.
 
El nuevo texto señala a letra expresa que la vida es un derecho inherente a toda persona, los habitantes del Estado gozarán de todos los derechos y libertades consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano forman parte, esta constitución y las leyes que de ella emanen sin distinción de su origen, raza, color, sexo, preferencia sexual, identidad de género, edad, idioma, religión, opinión política, condición o actividad social.
 
Lo anterior, se hizo en el marco de la resolución emitida el 7 de septiembre por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la cual se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.
 
La reforma Constitucional fue promovida por las diputadas Laura Estrada Mauro, Hilda Graciela Pérez Luis y Rocío Machuca Rojas, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, dictaminada por la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales y aprobada por el Pleno Legislativo.