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El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) dio validez jurídica a elecciones ordinarias y extraordinarias en 12 municipios regidos por Sistemas Normativos Indígenas, entre ellos cuatro procesos que arrastraban controversias electorales y sentencias de tribunales: Mazatlán Villa de Flores, Santiago Xanica, Santa Cruz Mixtepec y San Juan Lajarcia.
La determinación permite avanzar en la integración de autoridades municipales en comunidades donde elecciones anteriores fueron anuladas, controvertidas o tuvieron que reponerse por resoluciones jurisdiccionales.
Uno de los casos centrales es Mazatlán Villa de Flores. El Consejo General validó su elección extraordinaria después de que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó reconducir el proceso electivo comunitario hasta antes de la instalación del Consejo Electoral Municipal.
La sentencia del expediente JDCI/202/2025 y acumulados había revocado la integración del Consejo Electoral, los actos emanados de éste, incluida la convocatoria electiva, y la Asamblea General Comunitaria Consultiva del 1 de diciembre de 2025.
De acuerdo con el método electoral reconocido por el propio IEEPCO, en Mazatlán Villa de Flores la elección se desarrolla mediante asambleas simultáneas en las comunidades que integran el municipio y las planillas se conforman por siete concejalías propietarias y siete suplencias.
Otro proceso que logró destrabarse fue San Juan Lajarcia. En febrero pasado, el propio IEEPCO había declarado jurídicamente no válida una elección extraordinaria celebrada el 4 de enero de 2026, correspondiente a diversos cargos propietarios y suplentes del Ayuntamiento.
En aquella resolución, el Instituto determinó que, aunque la asamblea se había realizado conforme al Sistema Normativo del municipio, incumplía disposiciones legales, constitucionales y convencionales. Tras la reposición del procedimiento, este martes el Consejo General declaró jurídicamente válida la nueva elección extraordinaria.
El IEEPCO también validó la elección extraordinaria de Santa Cruz Mixtepec, en cumplimiento de la sentencia emitida dentro de los expedientes JNI/51/2026 y JNI/54/2026 acumulados. La elección ordinaria de ese municipio había sido declarada jurídicamente no válida al cierre de 2025.
En Santiago Xanica se avaló igualmente la elección extraordinaria, después de un conflicto que llegó a tribunales. El proceso ordinario de 2025 había sido materia de los expedientes JNI/11/2026 y JNI/19/2026 y posteriormente de un incidente de incumplimiento de sentencia.
El Consejo General también declaró válida la elección extraordinaria de las suplencias de las Regidurías de Obras y Salud de Santa María Ozolotepec, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral estatal dentro del expediente JNI/46/2026.
Además, fueron validadas la elección extraordinaria del suplente de la Sindicatura Municipal de Magdalena Zahuatlán; las concejalías propietaria y suplente de la Regiduría de Hacienda de San Miguel Achiutla, y las suplencias de las Regidurías de Hacienda y Obras de San Miguel Peras.
En el bloque de elecciones ordinarias, el IEEPCO declaró jurídicamente válidos los procesos de San Baltazar Yatzachi el Bajo, Santiago Lalopa y San Miguel del Río.
También avaló la elección ordinaria parcial de San Miguel Mixtepec, municipio cuyo sistema normativo contempla procesos diferenciados para la integración de determinados cargos del Ayuntamiento.
La sesión fue encabezada por la consejera presidenta Elizabeth Sánchez González, con la participación de las consejeras Jessica Jazibe Hernández García, Zaira Alhelí Hipólito López, Ana María Márquez Andrés y Gabriela Fernanda Espinoza Blancas; así como los consejeros Alejandro Carrasco Sampedro y Manuel Cortés Muriedas.






