De aprobarse la reforma laboral, la clase trabajadora será la más afectada: MGC

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La Reforma Laboral se pretende instaurar como un modelo de avance para el sector productivo nacional, adecuaciones en los artículos con supuestos beneficios para la clase trabajadora, sin embargo es un mecanismo que actuará en detrimento de los trabajadores, reduciendo prestaciones laborales y cambiando el esquema de contratación por el de subcontratación, comentó el diputado federal Manuel García Corpus.

En ese aspecto el diputado García Corpus, indicó que en la reforma se le da carta de naturalización al régimen de subcontratación, sin contemplar las garantías elementales para evitar el abuso que esta figura ha generado en contra de la clase trabajadora. Se deben buscar alternativas que beneficien a los trabajadores, buscar mejores condiciones laborales y evitar que a través de las mismas leyes se les vulnere.

El esquema establece una relación de trabajo “trabajo en régimen de subcontratación” entre un trabajador y un patrón denominado “Subcontratista” que a su vez se emplean para una tercera persona ya sea en el mismo lugar donde se tiene sus actividades el beneficiario o en un lugar distinto.

Manuel García Corpus, señaló que en ese caso un contratista dedicado a prestar servicios con sus propios trabajadores para otras personas sea calificado como subcontratista, evitando que se haga por medio de un contrato colectivo, disminuyendo considerablemente las prestaciones y los derechos de los trabajadores.

Por lo que afectará notoriamente a los trabajadores, pues con la aprobación, se estaría regulando la utilización de empresas intsoursing  y outsoursing por empleadores.

Se quebrantan los derechos individuales de los trabajadores contratados por las empresas de mano de obra, debido a que se les priva de los derechos de salario igual por trabajo igual, de escalafón y de los demás correspondientes que tienen los trabajadores contratados directamente, mencionó el diputado García Corpus.

Con la iniciativa se pretende flexibilizar la contratación y el despido: con los contratos a prueba, de capacitación inicial y de temporada, se anula la posibilidad de que los trabajadores y trabajadoras acumulen derechos y prestaciones.

Con esta tipificación se está validando la existencia de la multitud de empresas de mano de obra, contratadas por otra empresa la cual no tiene relación laboral con los trabajadores, lo cual no representa un beneficio para el trabajador, pues lo deja inmerso en la incertidumbre laboral a merced de las empresas subcontratistas, enfatizó el Diputado Manuel García Corpus.