Nuevo hitazo nacional de Litigio Estratégico Indígena, en Chihuahua || Alfredo Martínez de Aguilar

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* Litigio Estratégico Indígena A.C. promovió demanda de amparo contra la omisión legislativa del congreso chihuahuense, al no existir una Sala de Justicia Indígena en el Estado de Chihuahua que compatibilizara los derechos de los pueblos indígenas y el derecho estatal.

 

* En la demanda de amparo, Litigio Estratégico Indígena indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el caso Suchixtlahuaca, conocido como Caso de los Chivos, expresó que es un deber de las entidades federativas crear las salas de justicia indígena.

 

Litigio Estratégico Indígena, dirigido por el Dr. Carlos Morales Sánchez, se anotó un nuevo hitazo nacional al ordenar Jueza federal de Chihuahua crear la Sala Indígena al Congreso de ese estado, al conceder amparo en la demanda elaborada por la AC.

 

El pasado 23 de abril de 2024, la Jueza Primero de Distrito en el Estado de Chihuahua concedió amparo a una persona indígena rarámuri, conocido como pueblo tarahumara, originaria de Norogachi, municipio de Guachochi, Chihuahua.

 

La licenciada Flor Verenisse Gómez Peinado ordenó al Congreso de ese Estado legislar para la creación de la Sala de Justicia Indígena como un mecanismo para hacer vigente el derecho a la jurisdicción indígena de las comunidades indígenas.

 

La demanda de amparo fue elaborada por Litigio Estratégico Indígena A.C. y tuvo como origen la petición de la persona indígena rarámuri Guadalupe Pérez Holguín ante la ausencia de una Sala de Justicia Indígena en el Estado de Chihuahua.

 

Litigio Estratégico Indígena A.C. promovió demanda de amparo contra la omisión legislativa del congreso chihuahuense, al no existir una Sala de Justicia Indígena en el Estado de Chihuahua que compatibilizara los derechos de los pueblos indígenas y el derecho estatal.

 

En la demanda de amparo, Litigio Estratégico Indígena indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el caso Suchixtlahuaca, conocido como Caso de los Chivos, expresó que es un deber de las entidades federativas crear las salas de justicia indígena.

 

El objetivo fundamental de dicha sala es que funja como un mecanismo de convalidación y compatibilización de las resoluciones emitidas por las autoridades tradicionales. Y que este deber proviene del artículo 2º de la Constitución General de la República.

 

Después de un litigio de varios meses y no obstante que el Congreso de Chihuahua negó los actos reclamados, la jueza federal concedió el amparo y ordenó al Congreso estatal iniciar, en este periodo de sesiones, la reforma legal que cree la Sala de Justicia Indígena.

 

Mariana Yáñez Unda, vicepresidenta de Litigio Estratégico Indígena, indicó que la sentencia de amparo emitida por la jueza federal de Chihuahua representa un precedente importante en favor de la función jurisdiccional que imparten los pueblos indígenas.

 

La Maestra en Derecho destacó que la Sala de Justicia indígena representa un mecanismo de reconocimiento al derecho de los pueblos indígenas a darse su propia justicia conforme a sus propios sistemas normativos.

 

La abogada oaxaqueña expresó que la sentencia de amparo reconoce que los pueblos indígenas tienen derecho a darse su propia justicia y que es necesaria la creación de un órgano que convalide las determinaciones emitidas por los consejos de ancianos, tatamandones, jueces de camino, alcaldes, etcétera.

 

La jueza federal indicó que es necesaria la creación de la Sala de Justicia Indígena del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua en atención a que es necesario un mecanismo que permita un diálogo intercultural entre la justicia indígena y la justicia ordinaria.

 

alfredo_daguilar@hotmail.com

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@efektoaguila