La salud y el medio ambiente: Paola Gutiérrez Galindo

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La salud, es una de las mayores riquezas con que cuenta el ser humano, misma que depende principalmente de dos factores: la genética, es decir las características heredadas de nuestros padres, y el ambiente circundante, integrado por  factores físicos, biológicos, químicos, bio mecánicos y psico sociales;  de estos, los tres primeros cobran relevancia cuando se pretende analizar la relación entre la salud humana y el medio ambiente; ya que el entorno influye directamente en la salud humana,  al dotar de satisfactores elementales como: aire, agua, alimentos y refugio, por lo tanto; de las condiciones circundantes  proporcionadas por el medio externo, dependerá  buena parte del bienestar de las sociedades.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, existen cinco requisitos para un ambiente saludable: aire limpio, agua potable y suficiente; seguridad alimentaria y nutrición adecuada; convivencia segura y pacífica y ecosistemas estables y apropiados para las actividades humanas.  Considerando lo anterior, surgió el concepto de salud ambiental, definido como “área de la salud pública dedicada a evaluar los riesgos y daños a la salud, producto de la degradación y contaminación ambientales, así como proponer y evaluar programas para su reducción” (Instituto Nacional de Salud Pública, 2013). De acuerdo con este organismo, los principales retos en materia de salud y medio ambiente en nuestro país son: efectos adversos por contaminación atmosférica, mismo que en zonas metropolitanas como la Ciudad de México; causa más de 1000 muertes al año; por otra parte, en las zonas rurales, el uso de leña intra muros induce enfermedades de vías respiratorias en mujeres y niños. La contaminación del agua, que puede ser,  desde bacterias hasta químicos peligrosos como arsénico en zonas industriales, es causa de infecciones gastro intestinales y es precursor del  cáncer. Otro problema es ocasionado por la presencia de Contaminantes Orgánicos Persistentes, conocidos como COPs, sub productos de actividades agrícolas, generación de energía, industria y manejo inadecuado de residuos. Por su parte, las actividades mineras y la industria metalúrgica, exponen a la población al plomo, metal que genera impactos como afecciones cerebrales o al sistema nervioso central, especialmente a la población infantil  y,  finalmente,  los efectos relacionados con el cambio climático  son otro riesgo a la salud de la población, tal es el caso del incremento de las enfermedades infecciosas por causa de golpes de calor o afecciones por la escasez de agua. Todos estos  efectos cuentan con mayor impacto en población vulnerable como personas de la tercera edad, mujeres, infancia, aquellos que se encuentran en  condiciones de pobreza y desigualdad, es decir, la mayoría de la población oaxaqueña.

Lo anterior, nos permite entender  la lógica que existe en los límites máximos permisibles, establecidos en la legislación ambiental nacional y las  directrices internacionales de contaminantes,  ya que permiten reducir los riesgos a la salud pública, y que el cuidado del entorno y comprender que el cuidado del medio ambiente, además de ser  un deber ético y moral, también representa una oportunidad de cuidar nuestra salud, ya que no es necesario ser expertos ,para conocer de la dependencia que tenemos a los factores ambientales para sobrevivir, basta con preguntarse ¿cuánto tiempo podríamos vivir sin respirar, tomar agua o alimentos?.

Ante toda la evidencia sobre la interrelación entre salud y medio ambiente, es una prioridad para sociedad y gobierno,  considerar seriamente el tema de salud ambiental como política pública en los niveles estatal y local,  para lograrlo, propongo las siguientes  líneas de acción:

  • Monitoreo y vigilancia de aquellos factores ambientales determinantes para la salud humana como calidad del aire y agua;
  • Garantizar el derecho de la población a la información sobre el estado del medio ambiente, para identificar posibles riesgos a la salud humana y tomar las mejores decisiones al respecto;
  • Promover el cumplimiento de la regulación nacional y guías a nivel internacional sobre las emisiones y niveles de contaminación ambiental permisibles para la prevención de riesgos a la salud humana;
  • Incorporar a las evaluaciones del impacto ambiental, los posibles riesgos a la salud humana de un nuevo proyecto o actividad que pretenda instaurarse, con la finalidad de orientar la toma de decisiones; y
  • Elaborar e instrumentar un Programa de salud ambiental estatal, con la participación de los distintos sectores poblacionales, que atienda la problemática existente y prevenga futuros riesgos, con la participación de áreas de gobierno como salud, medio ambiente y Desarrollo Social.

La salud  como derecho humano, reconocido en el artículo 25 de la Declaración Universal de  Derechos Humanos, aunado a su relación con el medio ambiente, establecido en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que menciona que ¨Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar…¨ deben contar con la atención necesaria. Por lo tanto, es mi deber como legisladora, buscar la atención al tema porque #AhoraesCuando trabajar en beneficio de la salud humana a través del cuidado ambiental.