Derecho de réplica

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Cumpliendo en tiempo y forma con las disposiciones de la citada ley vigente, y aun cuando el escrito en el que el peticionario solicita sea tutelado el derecho de réplica, no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 10 de la Ley, se determina que dicha información será publicada de forma íntegra en el plazo y características establecidas en los artículos 13 y 14 de la misma norma, en el portal Libertad-Oaxaca.info. y de este modo quedarán cumplidas íntegramente las normas aplicables para tal efecto.

Ciudadana

Janet Alejandra Martínez Ramírez

Directora General del Medio Digital

“Libertad Oaxaca, Información y Opinión Libre”

Responsable legal de la columna “Lavadero Político”.

Correo Electrónico: libertadoaxaca.info@gmail.com

Cuenta de Twitter: @libertaoaxnews

Página web: www.libertad-oaxaca.info

Teléfono (951) 139 8821.

 

C. José Manuel Ángel Villarreal, promoviendo por mi propio derecho, por ser mayor de edad, con plena personalidad y capacidad jurídica, de nacionalidad mexicana, con apoyo en el artículo 12 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º., Párrafo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Derecho de Réplica, señalo como domicilio para oír y recibir acuerdos y notificaciones en el Bufete Jurídico ubicado en Callejón Zárate No. 101 letra “C”, Exterior Multiplaza Brena, a un costado del Paseo Juárez El Llano, Colonia Centro, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, Código Postal No. 68000, Teléfono Fijo No. (951) 513 4166, correo electrónico barraoax1988@hotmail.com; autorizando para tales efectos a los profesionistas del Derecho siguientes:CC. Lics. en Dcho. Saúl Alberto Ángel Villarreal, y/o Samuel Reyes Merino, y/o Grisel García Jiménez, y/o Óscar Jiménez Manjarrez, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

El Derecho de Réplica es el medio que tiende a la veracidad informativa para aclarar la inexactitud de la información; esta última se produce no solamente en los casos en que se difunde algo contrario a lo sucedido, es decir, algo FALSO, sino también ante la difusión de un hecho de manera incompleta o imprecisa, o sea inexacta, cuya divulgación cause algún agravio en lo político, en lo económico, en el honor, a la dignidad humana, a la reputación, a la vida privada o a la imagen, etc.

El Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), menciona: “6.- Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre: El respeto del derecho de las personas a la vida privada y a la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista”.

Asimismo, la Carta Mundial de Ética para Periodistas de la Federación Internacional de Periodistas (FIP), la mayor organización de periodistas a nivel mundial (pues representa a 600 mil profesionales de medios de comunicación en 187 sindicatos, federaciones y asociaciones de más de 140 países), consigna: “10. El o la periodista considerará como faltas profesionales graves: el plagio; la distorsión mal intencionada; la calumnia, la maledicencia, la difamación y las acusaciones sin fundamento”.

Por lo anterior, lamento la falta de ética profesional y periodística de usted y de su medio de comunicación, que confunden libertad de expresión con libertinaje para hacer señalamientos totalmente falsos, denostatorios, calumniosos y difamatorios sobre mi persona, sobre mi familia y nuestra empresa, en su columna “Lavadero Político” (que se difunde cada día domingo de la semana) de fecha domingo 11 de septiembre del 2022, violentando así el Código Internacional de Ética Periodística UNESCO y la Carta Mundial de Ética para Periodistas de la FIP.

Con apego estricto a mis Derechos Fundamentales y Derechos Humanos estipulados en los artículos 1o. (Derechos Humanos), 6o. Párrafo Primero (Derecho a la Libertad de Expresión), 8o. (Derecho de Petición) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, estando dentro de los quince días hábiles (Principio de Oportunidad o Temporalidad) como lo dispone el artículo 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º., Párrafo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Derecho de Réplica, vengo a ejercer mi Derecho de Réplica de la manera siguiente:

1.- Esta columna, que se difunde los días domingo, no tiene firma de autor responsable, por lo tanto, la responsabilidad legal y periodística recae en usted, como Directora General como Sujeto Obligado.

2.- Los señalamientos que hace usted coinciden en una parte con los textos y las imágenes de campañas anónimas que estuvieron circulando mediante mensajes de WhatsApp y algunas cuentas de redes sociales. Debo mencionar que, al difundirlos, usted asume como propios y de su autoría esos señalamientos falsos, indignos, denostatorios, calumniosos y difamatorios.

3.- Yo no soy político ni funcionario; tampoco ayudo a manejar, no manejo ni pretendo manejar cuentas anónimas en redes sociales (conocidas como cuentas trol o troles) que agredan o señalen a personajes de la política o a funcionarios, como usted FALSAMENTE lo menciona.

4.- Eso, Directora General, además de ser una TOTAL FALSEDAD, es un señalamiento insidioso que intenta confrontarme con diversos actores de la vida pública de Oaxaca y que tendrá usted que comprobar por la vía legal, en virtud de que sus mentiras tienen la evidente intención de causar un daño irreparable a mi relación personal y profesional con esos actores públicos, provocándome lo que legalmente se enmarca en la figura de daño moral.

5.- Yo tengo una trayectoria seria, profesional y reconocida públicamente de más de 30 años en los medios de comunicación. Representé durante más de 10 años, en calidad de vocero, a los más importantes y a la mayoría de los medios de comunicación escritos (diarios), medios radiofónicos y de televisión, así como a los principales medios digitales de Oaxaca, en temas de libertad de expresión y defensa de las actividades profesionales de las empresas mediáticas.

Mi relación con dueños y directivos de medios de comunicación, periodistas, columnistas, comunicadores y trabajadores de medios, siempre ha sido pública y profesional. Por ello es más que evidente la intención de provocarme un daño moral con sus FALSOS SEÑALAMIENTOS.

6.- Es TOTALMENTE FALSO que yo pretenda quedarme con un terreno, como usted menciona. Por eso repruebo el adjetivo calificativo que utiliza para denigrarme. Sobre este tema, llamaré a proceso legal a quien usted señale o mencione como fuente de información, para las aclaraciones y responsabilidades jurídicas que procedan.

7.- Es TOTALMENTE FALSO que la empresa que representa legalmente mi esposa sean “los encargados de la publicidad del IEEPO”. Este señalamiento doloso es una muestra del comportamiento insidioso y la falta de ética profesional de usted, de su medio de comunicación y de la columna que difunden los domingos.

8.- Es TOTALMENTE FALSO que la empresa que representa mi esposa haya crecido “por los contratos millonarios que hizo con el IEEPO”. Simplemente NO EXISTEN “los contratos millonarios” con el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) que usted menciona, es una otra de sus COMPLETAS MENTIRAS para provocarnos un daño moral.

9.- Es TOTALMENTE FALSO que mediante nuestra empresa se hayan contratado espectaculares del IEEPO o se hayan hecho grabación de videos. Eso, Directora General, deberá usted probarlo ante las instancias judiciales porque sólo existe en su imaginación y es parte de los señalamientos dolosos contra mi persona, así como contra la empresa de mi esposa, para causarnos un evidente daño moral.

10.- Por lo anterior, repruebo sus FALSAS Y DOLOSAS AFIRMACIONES, su evidente mala fe y falta de ética profesional, así como su insidiosa actitud al pretender confrontarme con actores públicos de Oaxaca.

Se anexa copia digital de mi Credencial de Elector (no se puede publicar).

 

Todo esto lo fundo en lo dispuesto en los artículos 1o. (Derechos Humanos), 6o. Párrafo Primero (Derecho a la Libertad de Expresión), 8o. (Derecho de Petición) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así en lo dispuesto en los artículos del 1 al 19 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º., Párrafo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Derecho de Réplica, como en el Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO y la Carta Mundial de Ética para Periodistas de la FIP.

Por lo anteriormente Expuesto y Fundado Legalmente:

A usted C. Directora General del Medio Digital “Libertad Oaxaca, Información y Opinión Libre”, y/o Responsable legal de la columna “Lavadero Político”, vengo a solicitar:

 

Primero: Se me tenga en tiempo y en forma legal presentando escrito de petición que incluye mi Derecho de Réplica, en los términos que lo hago, para que se cumpla conforme a derecho.

 

Segundo: Se publique todo contenido del presente escrito de petición de manera completa en la misma columna y espacios denominado “Lavadero Político” y se anexe el mismo también en las publicaciones digitales pasadas.

“Justa y Legal mi Escrito de Petición (Derecho de Réplica), espero sea proveida de conformidad”

 

Protesto lo necesario

 

Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, a 17 de septiembre del dos mil veintidós.

 

 

C. José Manuel Ángel Villarrreal.

Parte Interesada y Agraviada