El TEPJF corroboró que ejerció violencia política por razón de género contra regidora
El presidente municipal de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero junto con el Partido del Trabajo (PT), han violentado la ley al postular su reelección pese a que los órganos electorales lo han sancionado por cometer violencia política por razón de género.
En febrero del 2020, la regidora de Equidad de Género y Grupos Vulnerables, Nallely Ortiz Jiménez denunció al munícipe ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) y ante el Tribunal Electoral, por violación a sus derechos.
La concejal dio inicio al proceso con número de identificación con clave JDC/13/2020 en contra de Montaño Montero, debido a la violación de sus derechos político electorales de votar y ser votada en la vertiente del ejercicio a su cargo.
La afectada fue relegada de las sesiones de cabildo además no se le liquido el monto correspondiente a su aguinaldo.
El TEEO determinó en su momento la inexistencia de violencia política por razón de género y la obstrucción de sus funciones.
Por lo que la regidora acudió a la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien con los expedientes SX-JDC-151/2020 y SX-JE-39/2020 y con fecha 2 de junio de 2020 inicio el proceso de impugnación de la sentencia dictada el 15 de abril de 2020 por el Tribunal Electoral del Estado.
El 3 de junio de 2020 la Sala Regional Xalapa del TEPJF revirtió la determinación del TEEO además de señaló que dicho órgano incumplió con la obligación de juzgar con perspectiva de género.
Por lo que determinó que las conductas atribuidas al edil de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, sí constituyen violencia política en razón de género, en perjuicio de la Regidora de Equidad, Género y Grupos Vulnerables.
Por tanto, ordenó a Montaño Montero, así como a los demás integrantes del ayuntamiento abstenerse de realizar acciones u omisiones que de manera directa o indirecta tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño, perjuicio u obstaculizar el ejercicio del cargo de Ortiz Jiménez.
“Asimismo, se ordena al citado Ayuntamiento que, a la brevedad, elabore y apruebe los Lineamientos bajo los cuales se deberá regir el actuar de los integrantes de dicho ente edilicio a fin de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género al interior del Ayuntamiento, en los que se tendrán que establecer las medidas de amonestación y/o sanción a las que serán sujetos quienes incurran en actos constitutivos de violencia en contra de las mujeres”, señala el documento.
Sin embargo pese a que al edil se no podía reelegirse éste ha violentado la ley junto con su partido el PT al registrar su postulación.
Redacción Libertad-Oaxaca.info