El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que el Consejo General del IFE vaya más allá de la amonestación que había determinado contra el Partido del Trabajo, por la difusión de promocionales de Andrés Manuel López Obrador para buscar una posición partidista fuera de la legalidad.
La sala superior del TEPJF consideró “sustancialmente fundados” los agravios hechos valer por el Partido Acción Nacional en la impugnación a la sanción que en una instancia anterior resolvió el IFE.
En la ponencia avalada por los magistrados se estableció que el PAN alegó que se violó el principio de legalidad, ya que los razonamientos del órgano electoral para justificar la “levedad” de la sanción impuesta, se basaron en que los promocionales no se difundieron de modo reiterado.
Sin embargo, el tribunal consideró esto inexacto, ya que la propia autoridad electoral administrativa “detectó más de mil impactos, tanto en el Distrito Federal como en el interior del país”, respecto a los spots citados.
El TEPJF determinó que el IFE individualice la sanción a imponer, mediante una determinación en la que funde y motive adecuadamente su decisión.
Milenio