El Congreso de Oaxaca aprobó tipificar el delito de turismo sexual infantil con un castigo que oscila entre los ocho hasta los 14 años de prisión.
El Código Penal Local estipula penas para quien financie promueva, publicite, invite o gestione por cualquier medio para que visiten el estado de Oaxaca con la finalidad de que realice cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de 18 años de edad.
En tanto, a quien irrumpa por ese delito se le impondrá de ocho a 14 años de prisión y multas de 600 a mil 200 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente.
Las sanciones por este delito aumentarán hasta en una mitad de su mínimo y su máximo cuando el sujeto sea funcionario público, o por su profesión u oficio que desempeña, se aproveche de los medios o circunstancias que ellos le proporcionan.
En estos casos además se le destituirá del empleo, cargo o se inhabilitará para desempeñar otro.
Asimismo, las penas incrementarán si la persona que cometa el delito tiene parentesco por consanguinidad o parentesco civil o habite ocasionalmente el mismo domicilio con la víctima o tenga relación sentimental o de confianza con la víctima.
La reforma propuesta por la diputada Laura Estrada Mauro, refiere que los menores de edad constituyen el grupo más vulnerable de nuestra sociedad y que su incapacidad natural y legal necesariamente representa compromisos y responsabilidades para aquellos encargados de salvaguardar los derechos humanos.