Jaime GUERRERO
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, diversos dictámenes de inelegibilidad emitidos por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (CEPJF) y ordenó considerarlos parte de las personas aspirantes en la etapa de insaculación, que estará a cargo del Senado de la República.
A partir de los proyectos de la magistrada Janine Otálora Malassis y el engrose correspondiente turnado al magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, se consideró que los estudios de especialidad, maestría y doctorado resultaban válidos para que se analizara si se cumplía con el promedio de 9 puntos en las materias afines para el cargo al que se postulan.
Además, en un asunto se tuvo por cumplido el requisito de calificación de 8, al haber obtenido el grado de licenciado en Derecho mediante acreditación de un examen ante una autoridad evaluadora que sólo prevé como resultados posibles “satisfactorio” o “no satisfactorio”, a partir de una lectura del mejor beneficio del aspirante.
Asimismo, se determinó que era suficiente incorporar en la carta bajo protesta los requisitos que establece la Constitución general, así como la manifestación genérica de cumplir con los mismos.
Se confirmaron los dictámenes de inelegibilidad en aquellos casos en que las personas aspirantes exigían que se les previniera para que subsanaran su registro, ya que el CEPJF no tenía ese deber.
En consecuencia, se vinculó al Senado de la República para que tome en consideración a las personas aspirantes elegibles en la etapa de depuración por insaculación, al cumplir con los requisitos, en atención a lo resuelto por esta Sala Superior en el incidente de incumplimiento de sentencia y cumplimiento sustituto del expediente SUP-JDC-8/2025 y acumulados.