Hace unos días circuló en las redes sociales el testimonio de un joven en silla de ruedas quien relataba el suplicio en que se había convertido tomar el transporte público en el mismo lugar en que lo hace todos los días.
No se quejaba de la falta de infraestructura ni de políticas públicas.
Su molestia era con el chofer del autobús que siempre le exigía llegar hasta la parada (de muy difícil acceso para él) para poder subirlo, pudiendo hacerlo unos metros antes.
Así como lo relata, pareciera que el chófer busca siempre -a toda costa- evitar la “molestia” que le causa “tener que subir” a nuestro pasajero.
Hay muchas cosas que las leyes y los tribunales pueden resolver, y muchas cosas a las que pueden obligar a la gente.
Pero nada ni nadie puede obligarnos a ser empáticos.
Y de eso se tratan las epistemologías más comúnmente llamadas “perspectivas” que se han inventado para que todos podamos vivir como iguales.
La perspectiva de género, la perspectiva de pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes y la perspectiva de personas con discapacidad son las más desarrolladas.
Se trata de ver la vida desde los ojos de esas personas, ponernos en sus zapatos, hacer de cuenta que somos ellos en una situación determinada.
Y ningún cambio social puede operar si no cambiamos nuestra propia forma de pensar y nuestras propias acciones.
Esas que en las facultades de derecho clasificamos como normas morales ( y a las que muchos juristas desprecian porque tiene las características opuestas a las normas jurídicas) son las grandes generadoras de los cambios sociales más profundos en la historia.
¿De qué se trata la vida? De ser empáticos, de ayudar, de buscar que el prójimo viva su día a día, al menos en las mismas condiciones en que nosotros vivimos nosotros que no somos personas con discapacidad.
Eso nos cuesta mucho entenderlo y procesarlo. Y cotidianidad demuestra que nos cuesta aún más llevarlo a la práctica.
Y es que a las personas con mínima peligrosidad discapacidad no siempre la sociedad le hemos visto de la misma forma.
En un tiempo les llamamos inválidos; en otro minusválidos; después discapacitados; hoy les llamamos personas con discapacidad (con toda una justificación teórica detrás) e incluso hoy se comienza a hablar de la “capacidad jurídica de las personas con discapacidad”.
Hace unos meses me visitó en la ponencia un joven compañero del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca para platicarme un proyecto sobre difusión de los derechos de las PCD.
Y me hizo una pregunta que recuerdo mucho: “¿Y si mejor les llamáramos Personas Sin Discapacidad?”
Como sociedad tenemos la obligación moral de no tratar al prójimo como no quisiéramos ser tratados nosotros. Está en los textos religiosos y Kant desarrolló parte importante de su pensamiento en torno a ello que llamó “el imperativo categórico” y que es fundamento de la idea de la dignidad humana como piedra angular de la Doctrina de los Derechos Humanos.
Hay un tratado internacional llamado Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006, redactado en un lenguaje perfectamente entendible para todos, que todos debíamos leer de a poco en nuestras ratos libres.
Vamos a descubrir muchas cosas que nos brindarán la posibilidad de ser mejores seres humanos.
*Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca