Si bien el Congreso, los legislativos locales y el Ejecutivo sacaron adelante las reformas en materia energética en poco más de una semana, hay 46 ordenamientos que llevan más de un sexenio de retraso sin la reglamentación correspondiente por “omisión” del Ejecutivo y de las que ocho corresponden ya a la gestión del presidente Enrique Peña Nieto.
De acuerdo con el Senado, entre las reformas que no tienen una reglamentación específica destaca la Ley General de Víctimas, aprobada el 25 de abril de 2012 y publicada el 9 de enero del año pasado en el Diario Oficial, en el que señala que el reglamento tendría que haberse expedido dentro de los seis meses siguientes, es decir, en agosto del año pasado.
Hay reformas sin reglamentar, como los cambios a los artículos 25 y 26 en materia de competitividad y leyes que también se encuentran en ese caso, relativas a leyes en materia de salud, de Aviación, del deporte, medio ambiente, pesca y acuicultura, a la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, Telecomunicaciones, de la Administración Pública Federal, la relativa a cuidados paliativos.
Entre los reglamentos más recientes que el gobierno del presidente Peña Nieto no ha emitido figuran las relativas a la Ley Federal del Trabajo, publicadas en el Diario Oficial el 30 de noviembre de 2012 y cuyo tercer transitorio establece que se tenía un plazo de seis meses “para adecuar los ordenamientos reglamentarios que corresponden a las disposiciones contenidas en este decreto”, plazo que venció el 30 de mayo del año pasado.
Entre los pendientes más antiguos figura la reglamentación a la Ley de Extinción de Dominio aprobada el sexenio pasado y con la que se pensaba pegarle a los bolsillos del narcotráfico. Sin embargo, el gobierno del ex presidente Felipe Calderón terminó sin expedir el reglamento al decreto de 2009 y el actual tampoco lo ha presentado, con lo que el SAT permanece como administrador de la enajenación y destino de los recursos que se obtienen mediante ese mecanismo.
En el informe del Senado, colocado en su página de internet como “Disposiciones reglamentarias que no han sido expedidas por el Ejecutivo federal”, se hace notar que corresponde al Presidente proveer, en la esfera administrativa, la exacta observancia de las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión.
“Esta acción, prevista en la fracción I del artículo 89 constitucional, bajo el rubro de facultades y obligaciones del Presidente, determina que el Ejecutivo pueda expedir disposiciones generales y abstractas que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y complementando en detalle las normas contenidas en los ordenamientos jurídicos expedidos por el Congreso”.
Sin embargo, se hace notar que esta información contiene “los casos en que el titular del Ejecutivo federal ha sido omiso en la expedición de la disposición reglamentaria correspondiente, que ordenan los cuerpos normativos aprobados por el Congreso, publicados en el Diario Oficial de la Federación”.
Los datos presentados comprenden los decretos aprobados por el Congreso de septiembre de 2006 a noviembre de 2013, divididos en aquellos casos que ya venció el plazo, los que no tiene plazo específico para su reglamentación y aquellos en los que el plazo sigue corriendo.
Se hace notar que por lo que toca a las disposiciones transitorias que no prevén un plazo específico, ello “no releva de la obligación para emitir la disposición reglamentaria respectiva”.
La reforma energética mereció una aprobación récord de solo cinco días en congresos locales y su promulgación en una edición vespertina del Diario Oficial, a diferencia de casos como los mencionados por el Senado.
En el cuadro dado a conocer por el Senado se mencionan leyes que, inclusive, ya perdieron vigencia, como el decreto del 9 de febrero de 2009 que reformó y adicionó disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones, en materia de Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. El transitorio fijaba un plazo de 60 días al Ejecutivo para emitir su reglamento, a más tardar el 9 de junio de 2009.
Agencias