Se niega a comparecer ex director Enrique Cantón en Zaachila y lo multan

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Después del segundo apercibimiento y no presentarse a comparecer al pleno del cabildo de Zaachila, las autoridades multaron con 100 salarios mínimos al ex Director de Desarrollo Agropecuario, del trienio 2008-2010, Enríque Cantón Mendoza.

 

El cabildo de Zaachila, había acordado en fecha 6 de junio, llamar a comparecer a todos los ex funcionarios del trienio pasado, debido a la opacidad en la aplicación del erario público, ante el nulo archivo y documentación de expedientes de obra y estados financieros en la administración pasada.

Con fundamento en el artículo 92, Fracción IV, XII de la Ley Orgánica Municipal, y en base al punto de acuerdo único, el cabildo de la Villa de Zaachila, llamó comparecer a Cantón Mendoza para que integrara la información sobre el uso y destino final de los recursos económicos que fueron aplicados en las Unidades de Riego del municipio, sin que éste se presentara.

En entrevista, el presidente municipal de Zaachila, Adán López Santiago explicó  que al hacer caso omiso del primer requerimiento, se le mandó citar por segunda vez, así la semana pasada se le hizo llegar el apercibimiento en su hogar, para que se presentara ayer 20 de junio, pero no se presentó.

“El presupuesto que él tuvo en sus manos fue de más de 3 millones de pesos, tan sólo en 2010, y los campesinos se preguntan dónde fue a parar ese recurso”, indicó López Santiago.

De esta manera, al no llegar a la citada comparecencia, el cabildo determinó de acuerdo como marcan las leyes, aplicarle una sanción de 100 salarios mínimos, además que dará parte a la contraloría interna que a su vez realizará el trámite en la Auditoría Superior del Estado (ASE).

“También es un tema que lo llevaremos al ministerio público, porque al negarse a comparecer, ya se puede hablar de una presunción de ocultamiento de información”, precisó.

El edil destacó que los ciudadanos en Zaachila exigen transparencia y justicia y, en ese tenor, las autoridades municipales revisan la información para actuar conforme a derecho, en contra de los servidores que no dejaron ningún archivo, ni obras de impacto social”.

La sanción es fundamenta en los artículos 56 Fracción XXXIV y 57 Fracción V, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y el artículo 143 de las Fracciones I, II, VII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.