El Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), declaró improcedente la aplicación del artículo 176 numeral 03, por lo que el Senador Salomón Jara Cruz podrá realizar precampaña como precandidato único de Morena a la gubernatura del Estado.
Jara Cruz junto con el instituto político emprendieron una ruta legal y agotaron una cadena impugnativa, para salvaguardar sus derechos políticos electorales.
La ley comicial oaxaqueña establecía en su artículo 176 numeral 03 que un precandidato único no podría realizar actos de precampaña bajo ninguna modalidad.
Por lo que lo anterior fue considerado como violatorio a los derechos humanos, así como la libertad de expresión del precandidato, la libertad de asociación en materia política.
“Acudimos a los tribunales siguiendo una cadena impugnativa, por lo que el Tribunal del Estado resuelve inaplicar el artículo 176 numeral 03 de esta ley para el efecto de que el precandidato único en este caso registrado por el partido Morena pueda iniciar con sus actos de precampaña”, dijo el representante de Morena ante el IEEPCO, Geovany Vásquez Sangrero.
La ley establecía de que en caso de que fuera violada, la o el precandidato único sería sancionado con la negativa del registro de la negativa.
El precandidato único podrá realizar precampaña hasta el 10 de febrero como se ha establecido en el calendario del IEEPCO.
Redacción Libertad.Oaxaca.info