Al ser un mandato constitucional, la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias, el diputado panista en la sexagésima segunda legislatura de Oaxaca presentó una iniciativa por la que se reforman 3 artículos de la Ley de Mediación para el estado de Oaxaca, al respecto el legislador dijo “resulta de especial importancia reformar la legislación que se encarga de regular adecuadamente la instancia a la que se le encomiende llevar a cabo dicho procedimiento alternativo, su integración, su funcionamiento, los principios, bases, requisitos y condiciones para la realización de los mecanismos alternativos de solución de controversias, así como su procedimiento”.
Dijo que no se debe olvidar que el próximo 18 de junio todos los procedimientos penales en Oaxaca se regirán bajo el modelo del sistema de justicia penal acusatorio para la solución de asuntos que no requieran ser tratados en juicios orales o en prisión.
Por lo tanto el Centro de Justicia Alternativa es una instancia que fue creada con el fin de dirimir controversias o conflictos antes que estos alcancen otras instancias o desgasten más las relaciones personales, familiares o vecinales del agraviado.
De esta manera, y fundado en la Ley de mediación, se exigen a los solicitantes que presenten el nombre de la otra parte, exponiendo al solicitante a recibir insultos, amenazas o agresiones físicas por desconocerlo o investigarlo.
Estas actitudes desalientan la denuncia de delitos, algunos muy graves, por lo que a la larga se perjudica a toda la sociedad y a todos los ciudadanos oaxaqueños.
“La presente iniciativa pretende que un afectado pueda iniciar el procedimiento aun cuando no conozca al autor, habitante o propietario de una propiedad y que le haya provocado alguna afectación o un agravio y que recurra al centro de Justicia Alternativa a buscar una solución pacífica y legal a su problema”.
Del mismo modo, se busca una conciliación entre los textos legales vigentes y que en alguna situación pudiera causar controversia en el actuar de un mediador o en la obtención de un acuerdo. No siendo el centro ya mencionado el único que se fundamenta en la Ley de Mediación, pero si el que llega a recibir, atender o desechar solicitudes que en algunos casos extremos, y sin la debida atención, derivan en conflictos mayores.
“Se garantiza así que en la forma de administrar e impartir la justicia haya procesos ágiles, con pleno respeto a los derechos humanos; apoyados por un facilitador judicial donde habrá la oportunidad de dirimir las controversias de forma pacífica y establecer acuerdos concertados”.