* El juez inicial Felipe de Jesús Delgadillo Padierna es sobrino de Dolores Padierna y René Bejarano, “enemigos” de la ex secretaria de Desarrollo Social y de Desarrollo Urbano del ex presidente Enrique Peña Nieto.
* En diciembre de 2019 la magistrada Isabel Cristina Porras Ordiozola da la razón a Rosario Robles que no hay motivo para su prisión preventiva justificada. Sin embargo, decide dejarla presa en Santa Martha Acatitla.
La rabia agiganta la menuda y esbelta figura de Mariana Moguel Robles al denunciar la arbitrariedad e injusticia que es objeto su madre, Rosario Robles Berlanga, desde hace dos años cuatro meses.
Durante su estancia por la capital oaxaqueña como parte de la resistencia civil pacífica que realiza en la Ruta de la Libertad desgrana las “chicanadas” del Ministerio Público, de los Jueces y Ministros.
Mariana denuncia que su madre, Rosario Robles Berlanga, sigue en prisión preventiva, “porque su proceso se trata de un Juicio de Estado, una venganza política alejada de cualquier límite jurídico”.
Sin ocultar su indignación, responsabiliza de la aberración jurídica de imponer indebida prisión preventiva oficiosa al Juez de Control del Reclusorio Sur, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna.
El juez inicial es sobrino de Dolores Padierna y René Bejarano, quienes se consideran abiertamente “enemigos” de la ex secretaria de Desarrollo Social y de Desarrollo Urbano de Enrique Peña Nieto.
Para defender a su madre denunció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos la actuación ilegal, arbitraria y dolosa del Juez.
Estas denuncias internacionales por las violaciones a los derechos humanos de Rosario permitieron cambiar al Juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna por el juez Alejandro Ganther Villar Ceballos.
María del Rosario Robles Berlanga está acusada del delito derogado de Ejercicio Indebido del Servicio Público considerado omisión y que no amerita, por tanto, prisión preventiva oficiosa.
En un acto arbitrario y fuera de toda lógica, el MP recusó a la magistrada Graciela Rocío Santes Magaña para evitar que conociera de la aclaración de alegatos el 13 de septiembre de 2019 y revisar la medida cautelar.
En diciembre de 2019 la magistrada Isabel Cristina Porras Ordiozola da la razón a Rosario Robles que no hay motivo para su prisión preventiva justificada. Sin embargo, decide dejarla en la prisión.
Además, fue inhabilitada para ejercer un cargo en el servicio público por un periodo de 10 años por una cuenta bancaria por 2 mil pesos que presuntamente no reportó en su declaración patrimonial.
A ello se suma el Juicio Político orquestado por el Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión violatorio del principio de legalidad y del debido proceso legal.
El procedimiento ha estado plagado de irregularidades, mentiras y atropellos por parte de Pablo Gómez, premiado recientemente con la titularidad de la Unidad de Inteligencia Financiera del SAT.
El juez abusó al aplicar la prisión preventiva, transgredió el principio de proporcionalidad. No hay acusaciones por otros delitos como enriquecimiento ilícito, lavado de dinero o desvío de recursos.
La ex dirigente y ex diputada del PRI en la Ciudad de México asegura ignorar la causa, motivo o razón de la venganza política en contra de su madre, ya que nada tiene que ver en “La Estafa Maestra”.
En audiencia del 30 de abril de 2020 para revisar la medida cautelar, la defensa de Rosario logra desmontar 5 de los 6 argumentos del Ministerio Público con los que solicita la prisión preventiva.
En audiencia de sobreseimiento solicitada por la defensa y celebrada el 26 de octubre de 2020, los abogados de Rosario demostraron que el tipo penal por el que se sigue el proceso está derogado.
Ello es consecuencia de la publicación y entrada en vigor del decreto por el que se expide la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria publicada en el DOF el 30 de marzo de 2006.
El 27 de agosto de 2020 la defensa fue notificada del Acuerdo de la Fiscalía General de la República del 26 de agosto de 2020 que insiste en la reparación del daño y en una pena de 21 años de prisión.
Se trata de la máxima penalidad en el caso de omisión con agravante, delito ya derogado como ha sido probado. A la fecha el Juez Villar Ceballos no ha dictado auto de apertura de Juicio Oral.
No obstante, el juez decretó improcedente el sobreseimiento de la causa penal, pese a que el delito en el que la Fiscalía basa la acusación está mal diseñado y provoca una violación al debido proceso.
Este gran logro jurídico motivó que la Fiscalía acelerara el proceso para integrar una nueva carpeta de investigación, ahora por delitos graves por los cuales se le impongan prisión preventiva oficiosa.
En audiencia del 10 de febrero de 2021, la Ministerio Público Federal Mónica Martell manifestó su disposición de alcanzar un acuerdo por el procedimiento abreviado o un criterio de oportunidad.
El juez Alejandro Ganther Villar Ceballos dio un plazo de cinco días para que la Fiscalía informe fecha y hora para visitar personalmente a Rosario Robles para lograr un acuerdo como parte del proceso.
El 17 de febrero de 2021 la Fiscalía General de la Republica se limitó a responder que “no existen” las condiciones para realizar un acuerdo anticipado, incumpliendo el ordenamiento del Juez.
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