La Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó este miércoles la sentencia del Tribunal Electoral de Oaxaca, impugnada por la diputada local del PAN Marlene Aldeco Reyes Retana y falló en contra del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
En el expediente SX-JDC-5587/2012 del Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano se asienta que la actora Marlene Aldeco Reyes Retana presentó una solicitud de información el ocho de noviembre de 2012, en su carácter de representante del Poder Legislativo ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en la que pidió copia certificada de todos los documentos que presentaron los aspirantes a presidentes y secretarios de los consejos distritales electorales, que fueron entrevistados.
En respuesta a la solicitud, el doce siguiente, mediante oficio número I.E.E./D.G./399/2012, el Director General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, Isidoro Yescas Martínez, negó a la actora la documentación solicitada, por lo que se inició Juicio Ciudadano local, dado que el 17 de noviembre, Marlene Aldeco Reyes Retana presentó juicio en contra de la negativa referida.
En la misma fecha el Consejo General del referido Instituto local realizó la declaratoria formal del inicio de actividades para el proceso electoral ordinario 2012-2013, para renovar a los integrantes del Congreso local y miembros de los ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos.
Sentencia
El 26 de noviembre, el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, al resolver el juicio JDC/35/2012, determinó que se sobresee el juicio respecto del pleno de la Cámara de Diputados del Estado de Oaxaca, y declaró infundados los agravios hechos valer por la actora y por tanto se confirmó el acto impugnado.
Juicio ciudadano federal
El 30 siguiente, la actora promovió juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano en contra de la Resolución antes mencionada.
Sentencia
Por mayoría de votos, este miércoles la Sala Regional que preside la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle resolvió el Juicio a cargo de la Magistrada Yolli García Álvarez y revocó la sentencia impugnada en lo que fue materia de impugnación, y dejó insubsistente la negativa de la autoridad electoral administrativa de proporcionar la documentación solicitada por la actora.
En consecuencia, ordena al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca que expida copia certificada de la información solicitada por la hoy actora, y lo obliga a informar el cumplimiento a la ejecutoria, dentro del término de 24 horas siguientes a su cumplimiento.
Intromisión de partidos
De otras fuentes se estableció que los partidos políticos habrían presionado al Instituto Electoral y al Tribunal Estatal Electoral para negar la información solicitada por la diputada y fallar en su contra para evitar que se pusiera en riesgo la repartición de espacios en los consejos distritales, lo cual ahora quedará al descubierto con el fallo del TRIFE.
Agencia JM