El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tras examinar la queja presentada por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), determinó que “la queja no era admisible”.
“Tras examinar la comunicación de fecha 26 de noviembre de 2009, las observaciones del gobierno y las nuevas informaciones que a petición del Comité transmitió el SME, se estimó que la queja en cuestión no era admisible”, citó un informe del Comité.
Durante la 311 reunión del Consejo de Administración de la OIT, en su sede en Ginebra, el Consejo aprobó la víspera el 360 Informe del Comité de Libertad Sindical, en el que se examinaron casos presentados de todo el mundo, entre ellos la queja del SME.
Con ello, según explicó un experto laboral que prefirió el anonimato, “se puede concluir que el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro no violó los principios de libertad sindical ni de negociación colectiva”.
El Comité de Libertad Sindical es un órgano del Consejo de Administración de la OIT, cuya principal responsabilidad consiste en examinar casos sobre las quejas presentadas por presuntas violaciones a la libertad sindical de los países miembros del organismo.
Notimex