
Diana Mendez
Luego de permanecer cinco días privado ilegalmente de la libertad, el pastor evangélico Mariano Velásquez Martínez fue liberado por autoridades comunitarias de Santiago Malacatepec; sin embargo, su excarcelación se dio bajo presiones, irregularidades y actos de hostigamiento que derivaron en el desplazamiento forzado de él y su familia de la comunidad.
De acuerdo con la denuncia, el pastor quien ejerce su ministerio desde 2015 fue detenido tras negarse a participar en rituales católicos. Aunque habría sido obligado previamente a aceptar el cargo de mayordomo de la festividad de Santiago Apóstol, su arresto ocurrió cuando se negó a arrodillarse y rezar ante una imagen religiosa, argumentando sus convicciones cristianas.
Al momento de su liberación, Velásquez Martínez denunció que fue forzado a firmar un documento en blanco, el cual podría ser utilizado para simular una supuesta “salida voluntaria” de la comunidad, con el fin de evadir responsabilidades legales por lo que, en los hechos, constituye una expulsión forzada.
Este caso ocurre en un contexto jurídico relevante para el estado de Oaxaca. En septiembre de 2025, el Congreso local aprobó la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, que reconoce explícitamente los conflictos por motivos religiosos como causas de desplazamiento, tipifica esta conducta como delito penal y establece penas de 10 a 18 años de prisión, así como multas de hasta 2 mil días de UMA.
La legislación contempla además agravantes cuando el delito es cometido por autoridades locales y en un contexto de violencia o hostigamiento familiar, como ocurre en este caso.
El municipio de San Juan Mazatlán cuenta con antecedentes de intolerancia religiosa. En 2023, al menos seis familias fueron expulsadas de la comunidad de San Pedro Chimaltepec por motivos similares. Con la ley vigente, organizaciones y denunciantes señalan que las autoridades estatales están obligadas a iniciar acciones legales contra los responsables.
Ante estos hechos, se hizo un llamado a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y a la Secretaría de Gobierno para aplicar la ley de desplazamiento forzado, sancionar a las autoridades municipales involucradas, garantizar medidas de protección y reparación integral a la familia afectada, e intervenir en el municipio para frenar la persecución por motivos de fe.
La libertad de culto, subrayan, no es una concesión de las autoridades comunales, sino un derecho humano fundamental que el Estado mexicano tiene la obligación de proteger.







