Ante la imperiosa exigencia social de que las leyes y la justicia se aplique en Oaxaca a cualquier funcionario sin excepción alguna, el diputado local por el distrito VI Gerardo García Henestroza, propuso reformar el Artículo 117 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
El Título Sexto constitucional, comprendido por el Artículo 114, se refiere a los Órganos Autónomos del Estado y reconoce a tres de éstos: la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (COTAIPO).
El legislador panista detalló que el Artículo 117 señala que “PODRÁN SER SUJETOS DE JUICIO POLÍTICO EL GOBERNADOR DEL ESTADO; LOS DIPUTADOS DE LA LEGISLATURA LOCAL; LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA; LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES ESPECIALIZADOS; LOS TITULARES DE LAS SECRETARÍAS; EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA; LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL; EL CONSEJERO PRESIDENTE, EL DIRECTOR, EL SECRETARIO GENERAL Y LOS CONSEJEROS ELECTORALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA; EL AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO; LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y LOS DEMAS TITULARES DE LOS ÓRGANOS AUTONOMOS”.
Sin embargo en el caso de la Defensoría de los derechos Humanos, ésta recae en una sola persona, pero en el caso de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales se libera de este procedimiento a los otros consejeros, siendo que estos también adquieren responsabilidad por tratarse de un Órgano Colegiado.
“La esencia de esta propuesta es incluir a los Consejeros de la COTAIPO, toda vez que sus funciones y decisiones afectan la vida pública, y se encuentran en el mismo nivel de los integrantes de los demás Órganos Autónomos, por lo tanto hoy más que nunca se debe aplicar la Ley sin distingo, para que la ciudadanía tenga plena confianza de que se respetarán sus intereses a través de la labor que desempeñen los funcionarios”.
En el caso del Secretario General de la Comisión de Transparencia, por homologación con el caso de IEEPCO y por la responsabilidad que tiene de conformidad con sus funciones señaladas en el Artículo 14 del Reglamento interior de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca, debe ser incluido en los sujetos a dicho procedimiento.
De acuerdo a lo que establece el artículo 117 Constitucional “LAS SANCIONES CONSISTIRÁN EN LA DESTITUCIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO Y EN SU CASO INHABILITACIÓN PARA DESEMPEÑAR SUS FUNCIONES, EMPLEOS, CARGOS O COMISIONES DE CUALQUIER NATURALEZA EN EL SERVICIO PÚBLICO”.
Del mismo modo, se integran los Magistrados del Tribunal de Fiscalización, que en el artículo 111 está contemplado como Tribunal Especializado y que no está en la redacción actual del artículo 117, y que recién han iniciado funciones tras su toma de protesta el pasado 21 de marzo.
De esta manera los ciudadanos tendrán más confianza en las instituciones “y así cualquier funcionario sabrá que no habrá impunidad para él, si es que comete alguna irregularidad” concluyó enfático el Presidente de la Comisión de Justicia de la Sexagésima Segunda Legislatura de Oaxaca, Gerardo García Henestroza.
Oscar Vergara/Libertad-Oaxaca.info