Nunca como ahora se había exhibido tanta incapacidad en los más inmediatos encargados de llevar a buen puerto la organización de las elecciones 2013: los consejeros electorales distritales y municipales que, con honrosas excepciones, han hecho de prácticamente todas las etapas del proceso electoral un viacrucis para sus jefes, en especial para el consejero presidente del IEEPCO.
Cuestionamos en este mismo espacio el pasado 24 de junio, la manera en cómo dichos consejos habrían sido integrados bajo cualquier tipo de criterios, menos los que debía prevalecer en un asunto tan delicado como la operatividad de la elección: el académico y el de la experiencia.
A la distancia vemos que las resultantes no solo fueron el deficiente reclutamiento y pobre capacitación brindada a los funcionarios de casilla. Los problemas no se acabaron con la jornada electoral; vinieron errores en los escrutinios de casilla y en los cómputos distritales, que ahora tienen al Maestro Alberto Alonso Criollo amenazado con un Juicio Político por aquellos mismos que lo eligieron para presidir el consejo general del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca: los diputados.
Un imperdonable error (no quiero pensar que haya sido conducta dolosa) de la presidenta del Consejo Municipal Electoral de Oaxaca de Juárez provocó un enredo político y al final la ira de los legisladores aliados del candidato perdedor Francisco Reyes.
Le platico –amable lector-. Paseando por el famoso twitter (a donde les invito a seguirme en @MoisesMolina) me encontré la noche del jueves pasado un mensaje de la diputada local Marlene Aldeco que no se podía interpretar en tal tono, más que como una amenaza con destino a ser cumplida. Era el siguiente: “Debido a la actitud omisa, negligente y cómplice de Alonso Criollo, con Flavio Sosa y Pável López solicitaremos (sic) juicio político”
Flavio Sosa, Pavel López y ella estarían iniciando inéditamente en el Oaxaca de los últimos tiempos un Juicio Político.
¿Pero qué es un Juicio Político? ¿Procede contra Alberto Alonso? ¿Cuáles serían sus consecuencias? ¿Debemos apoyar a nuestros diputados en esta solicitud?
Comenzaré diciendo que, dimensionándolo a la realidad oaxaqueña, un Juicio político es un procedimiento jurisdiccional iniciado a partir de una denuncia que puede formular cualquier ciudadano, cuya instrumentación ha sido encomendada al poder legislativo y que tiene por objeto la investigación de las conductas de los servidores públicos de alta jerarquía a que se refiere el artículo 117 de la Constitución local, a efecto de determinar la responsabilidad política puesta de manifiesto en dichas conductas y aplicar las sanciones correspondientes.
¿Está el cargo que ostenta Alberto Alonso está en el breve catálogo del 117 constitucional local? Si
¿Procede el Juicio Político contra él? Si lo solicitan tres diputados, seguramente se iniciará el procedimiento, pero
¿Qué se necesita para que se le impongan las sanciones? El voto de las dos terceras partes de los diputados.
Para que Alberto Alonso sea separado de su cargo (destitución) dice la ley y, en su caso, inhabilitado, se necesita la votación de 28 de los 42 diputados locales.
Usted probablemente no entienda la voluntad caprichosa de nuestros legisladores, quizás no le haga lógica pensar que hoy estén buscando su destitución, los mismos que lo eligieron con su voto para ser consejero presidente del IEEPCO hace no mucho tiempo.
Nuestros diputados, a diferencia de su lógica –amable lector-, siempre están pensando en elecciones y su condición constitucionalmente privilegiada, les permite llevar no solo a tribuna, sino a comisiones, este tipo de ocurrencias nacidas del despecho electoral. Ojalá con la misma presteza anunciaran el descongelamiento de un buen número de iniciativas que no tienen para cuando.
El desempeño de Alberto Alonso, que es solo una pieza (la más importante, sí) pero solo una, en el engranaje del IEEPCO, debía ser ponderado en circunstancias diferentes, no al calor de la exaltación electoral. En todo caso, ¿Por qué no piden juicio político también contra el Director, el Secretario General y los Consejeros Electorales del mismo Instituto Estatal Electoral? También los considera el 117 de nuestra constitución local.
¿Qué aducirán los diputados en su solicitud de juicio? Cualquier cosa que sus asesores hagan cuadrar con lo que la ley pide. Será cosa de trámite. Pero dado lo que pudimos leer en el apasionado tweet de la diputada Aldeco, les adelanto que por “actitud” no puede ser enjuiciado políticamente, nadie. Pero será fácil justificar lo que la ley pide para que Alonso sea imputado: que “en ejercicio de sus funciones incurra en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”, cualquier cosa que esto pudiera significar.
¿Qué pasó realmente? ¿Qué desató la ira de los diputados aficionados al derecho electoral, al exceso del twitteo fácil, irresponsable y descuidado? La confusión que la susodicha presidenta del Consejo Municipal Electoral de Oaxaca de Juárez, desató con su impericia o mala fe.
Nuestro CIPPEO ordena que cuando la diferencia de votación entre el candidato ganador y el que le sigue, sea menor o igual al 1%, se puede A PETICIÓN DE PARTE, proceder al famoso recuento de votos. El PREP arrojaba una diferencia del 1.04% entre Javier Villacaña y Francisco Reyes, diferencia que difícilmente iba a cambiar en lo que procedía. ¿Qué procedía? Hacer el cómputo de LAS ACTAS en el consejo municipal, tal como lo marca el “librito”. Y una vez hecho el cómputo, proceder, A PETICIÓN DE PARTE, a la apertura de los PAQUETES ELECTORALES y al recuento de los votos.
A la presidenta se le hizo fácil ceder a la presión o a la ignorancia (o ambas) de los coalicionistas y se dispuso, hasta donde se informó, a recontar los votos antes de hacer el cómputo de las actas, cuando la ley es clara, muy clara en ese sentido y no se tenía siquiera que interpretar.
Eso tiene ahora, al menos a tres diputados, contra el presidente del IEEPCO. El meollo del asunto está en discernir si Alonso Criollo merece o no el mentado Juicio Político.
Siguiendo a Raúl F. Cárdenas diremos en forma breve y llana que el objeto del Juicio Político es destituir de su cargo a quienes han hecho mal uso del mismo. ¿Ha hecho Alonso mal uso del suyo?
La ciudadanía pasa por la opinión informada y esta, a su vez, pasa por el conocimiento de nuestras leyes. Formarse un juicio y opinar sin conocer la ley, ha sido génesis de muchos de nuestros desencuentros como comunidad política. Con el conocimiento puntual de la ley electoral, el juicio podría ser más objetivo y menos apasionado.
Lo cierto es que Alberto Alonso estará, de persistir el mismo ánimo de Aldeco, López y Sosa, a merced de los diputados cuya decisión final será “inatacable”. Afortunadamente para Criollo y desafortunadamente para el estado de derecho, de mantenerse el triunfo de Javier Villacaña, en automático, los legisladores del PRI y sus aliados -al menos- deberían estar, hipotéticamente, votando en contra del juicio político. Faltará además ver qué diga el todopoderoso en el congreso: el Gobernador del estado.
Twitter @MoisesMolina