INE: revocación se hará con lo que tengamos; reanuda el proceso rumbo a la consulta

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El Consejo General del INE acordó reanudar el proceso rumbo a la consulta de revocación de mandato, como se lo ordenaron la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral federal.

Los consejeros aseguraron que, con seguridad, habrá consulta si es que se cumplen los requisitos, pero advirtieron que la organizarán con lo que tienen, lo que quizá implique instalar menos casillas si Hacienda no les otorga los recursos necesarios para realizar el ejercicio ciudadano.

Lorenzo Córdova aclaró que el TEPJF mandató al INE a adecuar su presupuesto, pero sin poner en riesgo sus atribuciones constitucionales ni sus obligaciones legales o estatutarias en materia laboral. Mientras la Corte resuelve de fondo el asunto presupuestario, con los recursos que el INE tiene disponibles tomará las medidas conducentes para realizar la revocación, dijo.

En este marco, el consejero presidente aclaró que la sentencia del tribunal mandata hacer una adecuación presupuestal, pero que el documento establece que “no se pueden poner en riesgo, ni las atribuciones constitucionales ni sus obligaciones legales ni las obligaciones estatutarias en materia laboral”, luego que el Presidente en su conferencia matutina consideró que se debían bajar los sueldos y viáticos de asesores y consejeros.

Córdova Vianello explicó que mientras la Suprema Corte de Justicia resuelve el asunto presupuestario de fondo, “el INE seguirá, con los recursos que hoy dispone, tomando las medidas conducentes, hoy y por las semanas por venir para realizar la revocación de mandato con los recursos que nos fueron proveídos y que este instituto logre generar”.

Subrayó que la revocación se va a hacer con lo que se tenga, y si eso significa disminuir el número de casillas, así se hará.

Entre los recursos que le fueron proveídos por la Cámara de Diputados y otros que logró generar, el árbitro electoral tiene una bolsa de mil 503 millones de pesos.

La consejera Carla Humphrey apuntó que con el acuerdo para retomar los trabajos sobre revocación de mandato se reactivarán 70% de las actividades programadas y que están pendientes por la suspensión, 49 procesos con 190 actividades específicas para retomar las actividades en torno a esta consulta.

En su participación, la consejera Claudia Zavala dijo que “nunca estuvo en duda que el INE iba a llevar a cabo la revocación de mandato, el tema fue cómo la íbamos a hacer, y eso fue lo que pusimos a discusión de los tribunales respecto del modelo constitucional y legal que nos rige y la suficiencia presupuestal”.

Agregó: “Hay que festejar. La verdad es que el Estado de derecho está imperando aquí y dejó una premisa muy clara la sala superior que tiene que ver también con una suspensión que ya se dio en la Suprema Corte de Justicia, sobre los derechos laborales”.

 

Los partidos Morena y PT insistieron en mencionar que el INE debería recortar los derechos laborales de empleados, que no son constitucionales, como los gastos médicos mayores y el fondo de separación y retiro, además del fideicomiso inmobiliario.

No se afectarán prestaciones laborales

En su sentencia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mandata al INE a volver a revisar su presupuesto actual y el de 2022 a fin de adecuarlo y garantizar la realización de la revocación de mandato, pero sin “afectar sus obligaciones constitucionales, legales, estatutarias y laborales”, por lo que no le sería posible al instituto disminuir las prestaciones laborales y programas para elecciones, credenciales para votar, monitoreo de radio y televisión, entre otras cosas, para organizar la revocación de mandato.

La sentencia propuesta por el magistrado Felipe Fuentes Barrera explica que “la responsable aún tiene en el ámbito de sus atribuciones de autonomía presupuestaria el deber de explorar diversos actos para generar economías y seguir garantizando la consecución de un procedimiento con todos los requerimientos técnicos, pues si bien alude que este tipo de ejercicio de democracia directa es similar al de una elección presidencial, es evidente que no requiere que se lleven a cabo todos los actos particulares y actuaciones que las elecciones conllevan por lo que las decisiones que adopte al respecto deben estar debidamente justificadas”.

En las páginas 45 y 46 de la sentencia se indican los pasos a seguir para el Instituto. 

El documento dice que “se instruye al INE para que, de conformidad con sus atribuciones de gestión presupuestaria y en observancia de las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto, así como de lo previsto en la normatividad en materia de presupuesto y responsabilidad hacendaria: 

Realice y gestione las adecuaciones presupuestales necesarias, sin afectar sus obligaciones constitucionales, legales, estatutarias y laborales, a fin de estar en posibilidad de garantizar el adecuado desarrollo de las actividades calendarizadas en el proceso de revocación de mandato; o bien,

 De subsistir la insuficiencia, realice las gestiones pertinentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de solicitar las ampliaciones presupuestarias que se requieran para el adecuado desarrollo del proceso de revocación de mandato.

En la página 48 del documento se vincula a la Secretaría de Hacienda “para que,  en caso de que el INE haga una solicitud de ampliación presupuestaria para atender dicho proceso… dé respuesta a la brevedad de manera fundada y motivada y siga el procedimiento respectivo que dé cauce a la solicitud para que haga efectivo el derecho político de participación de la ciudadanía en el proceso de revocación de mandato”.

Más adelante, se agrega que “la Secretaria, de Hacienda y Crédito Público es la autoridad competente para gestionar erogaciones adicionales a las aprobadas en el Presupuesto de Egresos y al igual que el INE (en el ámbito de su competencia) se encuentra obligada a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Es decir, en el ámbito de sus atribuciones debe proveer lo necesario a fin de garantizar instrumentalmente por medio de sus actuaciones, el derecho de la ciudadanía de participar en el proceso de revocación de mandato.”

Excelsior