A mayor distancia entre los conceptos y los hechos a los que intenta referirse, mayor es la posibilidad de ser interpretados de forma errónea.
Selltiz et al., 1980: 59
Si aplicamos una encuesta donde se pregunte si necesitamos un gobierno abierto, sin duda, obtendríamos una respuesta afirmativa de la mayoría de los participantes.
Sin embargo, si la pregunta fuera: ¿qué es un gobierno abierto? Obtendríamos expresiones distintas como sujetos entrevistados y donde el grado académico, la actividad laboral o los intereses, serían determinantes a la hora de las afirmaciones.
Pero una respuesta confiable es la internacionalista Haydeé Pérez Garrido, también directora Ejecutiva de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, quien afirma que la definición va más allá de permitir la participación ciudadana.
Es decir, el concepto de gobierno abierto, debe entender el acceso de la población “como elemento democratizador y la promueva de manera decidida mediante la expansión progresiva de espacios de diálogo y participación sustantiva”.
En tanto, la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) ** lo define como un nuevo modelo de gobernanza que requiere de un proceso de compromiso, colaboración y corresponsabilidad permanente y sostenible por parte del gobierno y todos los sectores de la sociedad.
Sus objetivos son diversos, sin embargo, deben focalizarse en impulsar los principios de transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana e innovación, y uso de tecnologías.
Considera que la ciudadanía está interesada en participar, que una vez realizadas las reformas o abiertos los espacios, los ciudadanos coadyuvaran para ejercer las obligaciones y derechos que se les atribuyen en ley.
Un elemento trascendente para los gobiernos es que la participación ciudadana no se produce sólo porque la población sea invitada a hacerlo. Debe haber una oportunidad real, que no depende únicamente de la existencia de una figura en la ley –consejos, contralorías o miembros- sino de una política pública de inclusión ciudadana en la que el Estado sólo sea un canal de acceso.
De poco o nada sirve que se establezcan en ley mecanismos de participación, si sólo quienes integran los poderes del Estado o sus cercanos les conocen, cumplen con el perfil académico o los requisitos para participar.
Los ciudadanos no son actores políticos; lo son si participan en ella, pero para ello, deben tener una causa que los motive, una necesidad colectiva que los impulse a la acción, un derecho que se considera violentado por alguna acción del Estado o de representantes de éste.
Los gobiernos interesados en legitimar su actuar, deben garantizar en sus documentos rectores la participación ciudadana efectiva, no literaria ni discursiva; mostrar una nueva actitud en la gestión pública, más transparente, incluyente y participativa, creando las condiciones para transitar hacia un gobierno abierto no por obligación o coacción social sino en cumplimiento al compromiso asumido con la ciudadanía a la cual se deben.
(*) El autor es egresado de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y realiza estudios de Análisis Político en el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).
Correo Electrónico: adancordovatrujillo@gmail.com
NOTA: Los interesados en el tema pueden consultar:
https://www.gob.mx/gobiernoabierto
http://gobabiertomx.org/wp-content/uploads/2016/09/Plan-de-Acci%C3%B3n-2016-2018.pdf
http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/36665/S2014229_es.pdf;jsessionid=9DE2056A299E3DAB6992B0F33A64B5AA?sequence=1