Exigen panistas expulsión de Juan Iván por deslealtad

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Militantes del Partido Acción Nacional (PAN) exigen a la Comisión de Orden iniciar oficio de procedimiento disciplinario en contra de su dirigente estatal el diputado Juan Iván Mendoza Reyes que incluso podría ser expulsado de ese instituto político por deslealtad al estar al servicio de Jorge Castillo.

La mañana de este jueves aparecieron varias lonas colocadas en varios puntos de la ciudad, las cuales fueron retiradas inmediatamente por la Policía Estatal, en las que se destaca el siguiente texto: “Fuera Juan Iván de Acción Nacional, por deslealtad al partido y servirle a Jorge Castillo, respeto a la militancia partidista”.

A Jorge Castillo se le conoce como el Vice gobernador de Oaxaca, luego del escándalo político generado por la difusión de varios audios en los que se escucha al Representante del Gobierno de Oaxaca en el Distrito Federal tratar como empleados a diversos actores y dirigentes de partidos políticos, entre ellos el del PAN.

En la misma lona, los militantes exigen el estricto cumplimiento a los artículos 13, Fracciones V y VI; y 14 de los estatutos generales del PAN.

El Artículo 13 de dichos estatutos señala: “En los casos de indisciplina, incumplimiento de sus cargos o infracción de estos Estatutos y los reglamentos, los miembros activos del Partido podrán ser sancionados con amonestación, privación del cargo o comisión del Partido que desempeñen, cancelación de la precandidatura, suspensión en sus derechos o Expulsión del Partido, conforme a las siguientes disposiciones:

Fracción V: La inhabilitación para ser dirigente o candidato será declarada en los casos de deslealtad al Partido o incumplimiento de las funciones como dirigente o funcionario público, y…

Fracción VI: La expulsión podrá solicitarse cuando las causas señaladas en las dos fracciones anteriores sean graves o reiteradas, así como por ataques de hecho o de palabra a los principios y programas del Partido, fuera de sus reuniones oficiales, por acciones o declaraciones que dañen gravemente a la Institución, por la comisión de actos delictuosos, la comisión de actos que afecten públicamente la imagen del Partido, o por colaborar o afiliarse a otro partido político.

Agencia JM