Exigen al Ayuntamiento prohibir consumir mariguana en El Llano | Alfredo Martínez de Aguilar

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* Es innegable la certeza científica que el consumo de la mariguana es dañina a la salud, además, en el caso del “uso terapéutico” del cannabis, la COFEPRIS establece que el tratamiento utilizando derivados del cannabis, en padecimientos al sistema nervioso central del cuerpo humano probablemente sean inefectivos.

* Las disposiciones jurídicas de la legislación vigente en los códigos penal federal y local, y el mismo órgano rector de la política pública de riesgos sanitarios del gobierno federal, la COFEPRIS aún indican que el uso de la mariguana es ilegal en todo el país, restringiendo su uso lúdico a lugares exclusivos y en cantidades mínimas.

 

 

Jocabed Betanzos Velázquez demandó al Ayuntamiento prohibir de manera inmediata la venta, compra y uso del cannabis y tetrahidrocannabinol en el parque “El Llano” y en las inmediaciones más próximas a cien metros lineales, a todas las escuelas públicas y/o privadas de la ciudad de Oaxaca de Juárez.

Es innegable la certeza científica que la mariguana es dañina a la salud, además, en el caso del “uso terapéutico” del cannabis, la COFEPRIS establece que el tratamiento utilizando derivados del cannabis, en padecimientos al sistema nervioso central del cuerpo humano probablemente sean inefectivos.

Las disposiciones jurídicas de la legislación vigente en los códigos penal federal y local, y el mismo órgano rector de la política pública de riesgos sanitarios del gobierno federal, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) aún indican que el uso de la mariguana es ilegal en todo el país, restringiendo su uso lúdico a lugares exclusivos y en cantidades mínimas.

Por ello, la regidora de Juventud y Deporte y de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad presentó la iniciativa con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución que propone persuadir y, en su caso, disuadir a las personas que en cualquier modalidad estén consumiendo, vendiendo y/o comprando cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en el parque público “El Llano”.

Según la Organización Mundial de la Salud, los daños ocasionados en el cuerpo humano derivado del uso del tabaco son la causa de mortalidad más alta a consecuencia del cáncer de pulmón. Y el pasado día 15 de enero del año 2023 entró en vigor la Ley General para el Control del

Tabaco “Ley Antitabaco” siendo, según analistas, la ley más estricta en vigor de protección tanto a las personas como al medio ambiente.

Ahora bien, si el legislativo federal discute, analiza y, en este caso, aprueba la Ley General para el Control del Tabaco, conocida como “Ley Antitabaco” argumentando un sinnúmero de daños colaterales, es oportuno que fije también su posicionamiento sobre el uso y consumo con fines lúdicos de la mariguana.

Cita los estudios efectuados por la Academia Nacional de Medicina, que en su boletín informativo enero-febrero del año 2017 advierte el incremento de ingresos a los servicios de urgencias en clínicas y hospitales de la población de entre los 18 y 25 años de edad.

De tal modo que en el caso de los supuestos beneficios médicos está acreditado que aún no hay suficiente evidencia científica que permita declarar que el uso lúdico, incluso terapéutico, sea el método más eficiente para la cura y/o tratamiento de enfermedades.

Si bien es cierto, en el marco del respeto que se merecen todas las personas que ejercen su libre derecho a consumir cualquier tipo de enervante también es cierto que lo deberán hacer en lugares en donde no afecten el derecho que tenemos las personas a respirar un ambiente libre de cualquier emanación tóxica que afecte la salud, protegiendo a la ciudadanía de la distribución del enervante en su venta, exhibición, así como de su transmisión bajo operaciones comerciales ya sea a título gratuito u oneroso.

No omite reconocer que la declaratoria de inconstitucionalidad 1/2018 dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación permite el uso lúdico y recreativo del cannabis en atención al derecho que tienen las personas al desarrollo de su personalidad, también es de reconocer el derecho que tienen las personas a espacios públicos libres de emanaciones tóxicas y, aún más, tratándose de menores de edad, embarazadas, y personas de la tercera edad que acuden a ese lugar con el ánimo de ejercitarse y para la práctica de jogging, zumba, patinaje, etc.

Tomando, entonces, como base los mismos criterios técnicos, sociales, jurídicos, médicos, fundo su solicitud para que, con el mismo ánimo de preservación del medio ambiente, de la salud pública de las personas, del respeto a los espacios públicos, se prohíba de manera inmediata la venta, compra y uso del cannabis y tetrahidrocannabinol en el parque “El Llano” y en las inmediaciones más próximas a cien metros lineales a todas las escuelas públicas y/o privadas de la ciudad de Oaxaca de Juárez.

Demanda instruir a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Protección Civil del

Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, para que con pleno respeto a los derechos humanos y de manera comedida persuada y, en su caso, disuada a las personas que consuman cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en el parque “El Llano”.

Asimismo, lo hagan en las inmediaciones más cercanas a cualquier espacio educativo, público y/o privado para que se abstengan de manera inmediata de hacerlo y en caso de que la o las personas continuaran consumiendo el enervante, sean conducidas ante el juez cívico municipal en turno para que se proceda conforme a derecho.

En caso de haber legislación vigente, se declare su abrogación y queden sin efecto las autorizaciones o permisos para consumir cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) en los espacios públicos ya señalados anteriormente y esta disposición se publique en la gaceta municipal para los efectos legales a que haya lugar.

alfredo_daguilar@hotmail.com

director@revista-mujeres.com

@efektoaguila