Exige PRD a Senado ejercer facultad de control en tratados internacionales

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Como anticonstitucionales calificó el senador de PRD Benjamín Robles Montoya a los llamados acuerdos interinstitucionales que celebra el Poder Ejecutivo con otras naciones sin la aprobación y control del Senado de la República para su cumplimiento, por lo que el legislador presentó una iniciativa con proyecto de reforma al artículo 7º de la Ley Sobre la Celebración de Tratados.

En sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, el perredista explicó que el poder Ejecutivo para evitar cumplir con la solemnidad y requerimientos para la firma de tratados internacionales, optó por llamarle acuerdo interinstitucional, generando un conflicto entre los Poderes de la Unión.

“El hecho de que los Acuerdos Interinstitucionales no estén sujetos a la ratificación del Senado de la República, consiente, en los hechos, que el Ejecutivo cuente con una prerrogativa anticonstitucional. De esta manera, el Gobierno de México podría estar signando acuerdos interinstitucionales de carácter internacional sin el debido control político. Por lo que resulta desde nuestro punto de vista de la mayor relevancia otorgarle al Senado de la República la facultad de ratificar, como cualquier otro acuerdo o tratado internacional, los llamados acuerdos interinstitucionales de carácter internacional”

Ante el Pleno senatorial expuso que antiguamente se exigía la necesaria participación de los poderes públicos Legislativo, en el caso mexicano del Senado de la República, y la participación el Ejecutivo, no sólo para la celebración sino para la conclusión de tratados. Con esto se aseguraba que en el plano interno existía un acuerdo de fuerzas políticas respaldadas jurídicamente para que el Estado pudiera sumir obligaciones internacionales, así necesariamente el Estado garantizaría su cumplimiento y consentimiento de querer obligarse.

En este procedimiento, puntualizó el congresista oaxaqueño, existía pues, una aprobación previa del Poder Legislativo (Senado), lo cual era necesario para la formación de la voluntad del Estado, dentro del procedimiento de celebración del tratado.

Sin embargo, señaló que en los últimos años, debido a las integraciones internacionales, entre otros factores, los Estados se han visto envueltos en una creciente celebración de tratados, mismos que han sido suscritos de manera cada vez más intensa  Sin embargo, hay un incumplimiento de las obligaciones internacionales que ellos mismos han generado.

Puntualizó que estos tratados en forma simplificada, que no necesitan ser ratificados por el Senado de la República, es decir, sin ningún control de tipo político, mucho menos jurídico, encuentran en la normatividad vigente de nuestro país el nombre de “Acuerdo Interinstitucional”.

Lo anterior, indicó que, prácticamente, el Poder Ejecutivo no tiene ningún límite o restricción para contraer obligaciones internacional sin la aprobación previa de ningún órgano, en particular del Poder Legislativo (Senado); de tal manera, que no se contará con una evaluación y control por parte del Poder Legislativo sobre la adecuación de éstas al marco constitucional y legal interno.

“Por lo que, resulta desde nuestro punto de vista de la mayor relevancia otorgarle al Senado de la República la facultad de ratificar, como cualquier otro acuerdo o tratado internacional, los llamados acuerdos interinstitucionales de carácter internacional es por ello que propongo modificar el artículo 7º de la Ley Sobre la Celebración de Tratados añadiendo un párrafo que diga: Su aprobación quedará sujeta a la ratificación del Senado de la República, en los términos de la fracción I del artículo 76”, reiteró el senador Benjamín Robles.