La semana pasada el Congreso de la Unión, y al día de hoy 13 legislaturas estatales, aprobaron por una mayoría sólida en todos los casos, una de las reformas más importantes impulsadas por el presidente Enrique Peña Nieto para situar a México en la ruta de la modernidad, el desarrollo y la competitividad en un mundo cada vez más demandante: la reforma energética.
Con la reforma, no sólo se fortalecerá a las empresas públicas de ese sector estratégico, PEMEX y la CFE, sino con la apertura regulada al capital privado se garantizará el suministro de los insumos energéticos, gas, gasolina y electricidad, a la industria y las familias, y se reducirán costos, lo que impactará a mediano plazo en toda la planta productiva nacional y en el ingreso de la población mexicana.
Se trata de una reforma que generó expectación y suscitó un intenso debate en la opinión pública, pero que tuvo finalmente el apoyo de cuatro partidos políticos nacionales, PRI, PAN, PVEM y Nueva Alianza, para alcanzar con holgura la mayoría calificada que exige la mecánica procesal en los casos de reforma constitucional.
Lo importante en el caso, fuera de una simple e inadmisible aritmética de cotejo de fuerzas en las cámaras del congreso, es que el petróleo seguirá siendo patrimonio de la nación y no un activo contable de los futuros inversionistas privados, como pretendían algunos sectores de la derecha, y como se propala aún en algunos segmentos de opinión, seguramente por imprecisión en la lectura de la reforma.
En efecto, diputados y senadores, y ahora también varios congresos locales, reformamos los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política, para facilitar la conjugación de esfuerzos del Estado mexicano con particulares en la explotación de los hidrocarburos y la generación de electricidad, pero manteniendo en todo momento la propiedad original sobre la riqueza del subsuelo y al mismo tiempo preservando la rectoría estatal en el sector.
La reforma precisa, y no tiene por qué haber confusión, que son actividades exclusivas y estratégicas del Estado la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos, los minerales radioactivos, la generación de energía nuclear, la planeación y el control del sistema eléctrico nacional y el servicio público de transmisión y distribución de electricidad.
El Estado mexicano mantiene la prohibición en concesiones en materia de minerales radioactivos, transmisión y distribución de energía eléctrica y de petróleo y demás hidrocarburos.
Establece que la Nación podrá llevar a cabo las actividades de exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares. Asimismo, permite celebrar contratos con particulares para que participen en las actividades de la industria eléctrica.
Permite inversión privada en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos bajo contratos; procesamiento y refinación de petróleo; procesamiento de gas natural; transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos y sus derivados.
Asimismo, se permite la inversión privada en las actividades de generación y comercialización de electricidad y de transmisión y distribución bajo contrato con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
La reforma prevé que la Ley reglamentaria de las reformas aprobadas, establecerá las bases para fomentar las cadenas de proveeduría y el contenido nacional en la ejecución de las asignaciones y contratos, en consonancia con los tratados y acuerdos internacionales que México ha suscrito.
Las modalidades de contratación y sus contraprestaciones, serán las siguientes:
I) Contratos de servicios, con contraprestaciones en efectivo;
II) Contratos de utilidad compartida, con contraprestaciones en porcentajes de la utilidad;
III) Contratos de producción compartida, con contraprestaciones en porcentajes de la producción;
IV) Contratos de licencia, con contraprestaciones a través de la transmisión onerosa de los hidrocarburos una vez que hayan sido extraídos del subsuelo;
V) Cualquier combinación de las anteriores.
El marco legal correspondiente deberá aprobarse en un plazo de 120 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto de reforma constitucional.
Ahora bien, la preeminencia de PEMEX como empresa pública mexicana con rectoría y predominio en el sector se acredita al tener derecho a una “ronda cero”, que le adjudica de entrada las áreas en exploración y campos en producción que éste desee operar. Contempla, además, que PEMEX retenga las áreas exploratorias donde haya realizado descubrimientos comerciales o inversiones en exploración y prevé también que esta empresa de los mexicanos conserve los derechos sobre todos los campos en producción.
Un punto muy importante de la reforma energética es la creación del Fondo Mexicano del Petróleo, el cual recibirá y administrará los ingresos petroleros de la Nación, los cuales provendrán de las asignaciones y contratos de exploración y extracción de hidrocarburos.
Con este fondo se apuntalará la estabilidad de las finanzas públicas nacionales; se invertirá en ahorro de largo plazo, en ciencia y tecnología, así como en energías renovables, entre ellas la eólica de especial significado para las y los oaxaqueños. Asimismo, canalizará recursos para la reducción de pasivos pensionarios.
En suma, más allá de naturales y comprensibles debates ideológicos, la reforma energética elevará la productividad del sector y de toda la industria nacional, dará competitividad a los productos mexicanos, garantizará el suministro de energéticos a industria y familias, bajará costos a mediano plazo y, sobre todo, no sacrificará la propiedad originaria de la nación sobre el petróleo, un recurso tan significativo para la población mexicana.
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