Diputados aprueban cambios a la Ley de Ingresos para ajustar las reglas fiscales de las FIBRAS

La Comisión de Hacienda avaló una reserva al artículo 25 para modificar el porcentaje mínimo de distribución de los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces. La propuesta busca evitar que un aumento contable de su resultado fiscal genere obligaciones de pago sin recursos económicos suficientes para respaldarlas.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó una modificación al artículo 25 de la Ley de Ingresos, con el objetivo de brindar mayor certeza al régimen fiscal de los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS) y evitar que determinados ajustes fiscales se traduzcan automáticamente en mayores obligaciones de distribución para estos instrumentos financieros.

La reserva fue presentada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez Aguilar, durante la discusión en lo particular del dictamen. La propuesta se aprobó sin debate entre los integrantes de la comisión y fue la única reserva avalada en esa etapa del procedimiento legislativo.

De acuerdo con la explicación del legislador, el cambio busca armonizar las disposiciones relacionadas con el resultado fiscal de las FIBRAS y los recursos económicos que efectivamente tienen disponibles para distribuir entre sus inversionistas.

Posteriormente, el dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular con 26 votos a favor, 11 en contra y ninguna abstención, por lo que se remitió a la Mesa Directiva para su programación en el pleno de la Cámara de Diputados.

¿Qué son las FIBRAS y cómo funcionan?

Los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces son instrumentos financieros que permiten a las personas invertir en el sector inmobiliario sin necesidad de adquirir por cuenta propia una propiedad completa.

A través de estos vehículos, los inversionistas pueden participar económicamente en portafolios de bienes inmuebles destinados, entre otras actividades, al arrendamiento. Los ingresos generados por esos activos y el tratamiento fiscal aplicable forman parte de los elementos que determinan los resultados del fideicomiso y las distribuciones correspondientes.

Debido a su régimen particular, las FIBRAS deben cumplir determinadas obligaciones fiscales para conservar los beneficios previstos en la legislación. Entre ellas se encuentra la distribución de una proporción mínima de su resultado fiscal a los tenedores de sus certificados.

La modificación aprobada en comisión busca atender una posible diferencia entre el resultado fiscal calculado conforme a las reglas tributarias y el dinero que efectivamente se encuentra disponible para cumplir con las obligaciones de distribución.

Ernesto Núñez advierte sobre posibles obligaciones sin respaldo económico

Durante la presentación de la reserva, Ernesto Núñez explicó que ciertos mecanismos de control de deducciones autorizadas y pérdidas fiscales pueden modificar el resultado fiscal de una FIBRA sin que necesariamente se produzca un incremento equivalente en sus ingresos, flujo de efectivo o recursos disponibles.

El diputado sostuvo que esta diferencia podría generar una obligación de distribución mayor, aun cuando el fideicomiso no hubiera recibido dinero adicional para cubrirla.

“Porque este resultado puede incrementar el resultado de los FIBRAS, sin que necesariamente corresponda a mayores ingresos, flujo de efectivo o recursos económicos efectivamente disponibles”, expuso al justificar la propuesta.

El legislador señaló que, a diferencia de otras personas morales, las FIBRAS tienen obligaciones específicas de distribución para conservar el tratamiento fiscal contemplado en su régimen.

Por ello, consideró necesario establecer una regla que permita evitar que un cambio en el cálculo fiscal provoque automáticamente una obligación adicional de pago sin el respaldo económico correspondiente.

La propuesta pretende, según su exposición, mantener los controles fiscales sin generar efectos que puedan afectar el funcionamiento financiero de estos instrumentos.

La modificación busca armonizar las reglas de distribución

Núñez Aguilar argumentó que el ajuste al artículo 25 pretende coordinar las disposiciones de la Ley de Ingresos con las obligaciones que ya contempla la legislación fiscal para los fideicomisos inmobiliarios.

El diputado advirtió que, sin una regla específica, una FIBRA podría verse obligada a distribuir una cantidad mayor únicamente porque su resultado fiscal aumentó como consecuencia del mecanismo de control, aunque sus recursos económicos no hubieran crecido en la misma proporción.

En ese sentido, explicó que la intención de la reserva es evitar que un elemento exclusivamente fiscal se convierta de manera automática en una obligación adicional de distribución.

La discusión se centró así en la relación entre dos conceptos distintos: el resultado fiscal, que se determina conforme a las disposiciones tributarias, y la disponibilidad efectiva de recursos económicos para realizar pagos a los inversionistas.

La modificación busca que ambos elementos sean considerados dentro del marco normativo aplicable a las FIBRAS, sin eliminar los mecanismos de supervisión fiscal incorporados en la legislación.

La obligación de distribuir al menos 95% del resultado fiscal

Durante su intervención, el legislador recordó que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de bienes inmuebles destinados al arrendamiento deben distribuir entre los tenedores de sus certificados, al menos una vez al año, un monto equivalente a cuando menos el 95% de su resultado fiscal.

Esta obligación forma parte del régimen específico de las FIBRAS y constituye uno de los elementos centrales de su funcionamiento.

El problema planteado por el diputado radica en que el resultado fiscal puede variar por efectos de las reglas tributarias, sin que esos cambios necesariamente representen un incremento de efectivo disponible.

Por esa razón, la reserva busca ajustar las disposiciones de la Ley de Ingresos para evitar que el mecanismo de control de deducciones y pérdidas fiscales genere consecuencias que, de acuerdo con la explicación del legislador, no corresponderían a un aumento real de los recursos del fideicomiso.

El alcance concreto de la modificación dependerá de la redacción definitiva de la disposición y de su aplicación en coordinación con las normas fiscales correspondientes.

La reserva fue aprobada sin debate en la comisión

La propuesta presentada por el diputado del PVEM fue avalada sin una discusión adicional entre los integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Una vez incorporada la reserva, el dictamen fue sometido a votación en lo general y en lo particular, con un resultado de 26 votos a favor, 11 en contra y cero abstenciones.

Con esa votación, el documento fue enviado a la Mesa Directiva para que se determine su programación en el pleno de la Cámara de Diputados.

La aprobación en comisión representa un avance dentro del procedimiento legislativo, pero no debe confundirse con la conclusión definitiva del proceso. Su siguiente etapa depende de la discusión y votación que corresponda en el pleno.

El debate fiscal sobre las FIBRAS continúa

El cambio aprobado busca dar certidumbre a los fideicomisos inmobiliarios frente a los posibles efectos de los mecanismos de control fiscal, al tiempo que mantiene las obligaciones tributarias previstas en la legislación.

La discusión pone de relieve la importancia de distinguir entre las cifras determinadas para efectos fiscales y los recursos líquidos disponibles para cumplir con compromisos financieros.

Para los inversionistas, las reglas de distribución son un componente relevante de las FIBRAS; para las autoridades, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la supervisión de las deducciones y pérdidas fiscales también forman parte del marco de control.

La modificación propuesta intenta conciliar ambos aspectos mediante un ajuste legal que, de acuerdo con su promotor, evitaría que una variación del resultado fiscal genere por sí sola una obligación de distribución sin respaldo económico suficiente.

El siguiente paso será conocer el resultado del trámite legislativo en el pleno y el alcance definitivo de la disposición, así como las condiciones bajo las cuales se aplicará a los fideicomisos de inversión inmobiliaria.