Descarta el TEPJF infracción electoral contra Anaya por caso Riobóo; afirma que no hubo calumnia

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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que las acusaciones de Ricardo Anaya contra José María Riobóo Martín no constituyen calumnia alguna, por lo que descartó la aplicación de una infracción electoral.

Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador promovido por Rioboó Martín en contra del excandidato presidencial, el órgano jurisdiccional estimó que Anaya Cortés jamás mencionó de manera explícita –durante el tercer debate presidencial realizado en Mérida, Yucatán, el 12 de junio pasado– algún acto de corrupción o cualquier otro aspecto de ilicitud relacionado con aquel.

Además, abundó, el mismo promovente de la denuncia aceptó como un hecho cierto el contenido del dicho de Ricardo Anaya durante el debate, relativo a que, durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador en el Distrito Federal, a José María Riobóo se le adjudicó de manera directa un contrato de obra pública.

Tomando en cuenta que el promovente acusó que dichas declaraciones impactaron de manera negativa en sus negocios y en prestigio profesional, se le hizo saber que están a salvo sus derechos relacionados con una posible afectación a su imagen y/o patrimonio, para que los hiciera valer en la vía legal correspondiente.

Fuente: proceso.com