Jaime GUERRERO
Con 35 votos a favor, la Sexagésima Sexta Legislatura, aprobó la minuta de reforma y adición de los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de No Reelección y Nepotismo Electoral remitida por el Congreso de la Unión, aplicables a partir de los procesos electorales federales y locales de 2030.
En “fast track”, Oaxaca se convierte en los primeros estados del país en respaldar esta reforma que impulsó la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo.
En la sesión extraordinaria nocturna, no hubo mayor oposición y contó con el aval de la oposición del MC, PT y PRI, para que el pleno avalara la minuta enviada por el Congreso de la Unión.
El dictamen prohíbe la reelección inmediata para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gobernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Establece la constitucionalización del “nepotismo electoral”, al señalar como requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
En el régimen transitorio expone que la prohibición de nepotismo electoral será aplicable, a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030, y la prohibición de reelección de las personas servidoras publicas tendrá efecto en los procesos electorales federales y locales de 2030,
Precisa que, en consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia la presente reforma, no podrán postularse para procesos de reelección.
Además, la Federación, entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus constituciones y demás ordenamientos correspondientes en un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto.
Con esta modificación a la Carta Magna también se incorpora prohibir que las personas servidoras públicas antes mencionadas, cuando tengan el carácter de propietarias, no podrán ser electas para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero las personas que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electas para el periodo inmediato como propietarias a menos que hayan estado en ejercicio.
En tribuna la legisladora de Movimiento Ciudadano, Alejandra García Morlan refirió que este partido le apuesta y se mantiene firme en la defensa de una reforma electoral integral, justa y equitativa para el futuro de México.
A su vez, el legislador del Partido del Trabajo (PT), Dante Montaño Montero, señaló estar junto con sus homólogas de este Grupo Parlamentario a favor de la ciudadanía mexicana “el PT se pronuncia a favor de terminar con el oportunismo y el cacicazgo político, en contra de todo acto ilegítimo que desvirtúe la democracia convirtiendo los cargos populares y los distritos uninominales en empresas familiares”, resaltó.
Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), diputado Benjamín Viveros Montalvo mencionó que el país ha experimentado avances democráticos a lo largo de la historia, no obstante, ha enfrentado retrocesos y críticas sobre la eficacia de su Sistema Electoral, sin embargo, el espíritu de esta consigna sigue siendo un faro para quienes luchan por la justicia e igualdad en el Sistema Político de la nación.
Con respecto al Nepotismo Electoral destacó que con este cambio constitucional a nivel federal se garantizará la renovación política, una democracia auténtica.