A fin de evitar accidentes viales por conducir a exceso de velocidad, la Comisaría General de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Oaxaca de Juárez da a conocer los límites permitidos en la ciudad para salvaguardar la integridad de las personas.
De acuerdo al Artículo 50 del Reglamento de Tránsito, se establece que la velocidad máxima dentro del Municipio de Oaxaca de Juárez estará determinada por los señalamientos respectivos y en caso de que no existan será de 30 kilómetros por hora.
En arterias y calles colectoras las y los conductores deberán circular a 40 kilómetros por hora, y a 20 en zonas donde existan centros educativos, oficinas públicas, unidades deportivas, hospitales, templos y demás lugares de reunión.
El Artículo 50 del Reglamento de Tránsito también establece que la Comisaría General podrá modificar esos límites en las vías y zonas donde sea necesario y la Unidad de Ingeniería Vial y Semaforización será la instancia encargada para colocar los señalamientos correspondientes.
De igual forma instaura que está prohibido transitar a una velocidad tan baja que entorpezca el tránsito vehicular, excepto en aquellos casos en que las condiciones de seguridad, de superficie de rodamiento, de la vía pública, del tránsito o de la visibilidad lo exijan.