El gobernador Gabino Cué Monteagudo, no justificó el destino de los 2 mil 400 millones de pesos que pretende solicitar en préstamo a instituciones bancarias para el presente ejercicio fiscal y ha metido en aprietos a la LXII Legislatura. Pra darle la autorización al mandatario estatal, la nueva reforma federal de disciplina financiera de estados y municipios, prohíben a gobernadores y alcaldes heredar deuda y contraer obligaciones de pago o empréstitos de forma desmedida y opaca.
Diputados del PAN, PRD y PRI, consultados, revelaron que en tres ocasiones la Diputación Permanente de la LXII Legislatura, ha abortado la convocatoria para un periodo extraordinario de sesiones en la que pretenden aprobar -por mayoría simple- la autorización a Cué Monteagudo.
Y es que el pasado 15 de abril, el Congreso del Estado, notificó que Cué Monteagudo, pidió autorización para contratar un nuevo préstamo, esta vez por 2 mil 400 millones de pesos para el presente ejercicio fiscal, y ofreció dejar en garantía los ingresos por participaciones federales, recaudación de impuestos, derechos y otros ingresos fideicomisarios.
Del mismo modo, Cué Monteagudo, pidió autorización para que pueda contratar un monto equivalente al 2.75 por ciento de los 2 mil 400 millones que pedirá en crédito para constituir fondos de reserva, la contratación de operaciones financieras de cobertura y los gastos que generen la estructuración, contratación y calificación del financiamiento, así como el pago de comisiones.
El plazo del financiamiento será por 15 años, incluyendo el periodo de gracia que se pacte con los acreedores.
En la exposición de motivos para el requerimiento de nueva deuda pública, Cué Monteagudo, sólo justificó la disminución de precios y producción del petróleo, así como el recorte de gastos del Gobierno Federal y el negativo entorno macroeconómico.
Los problemas económicos, agregó, han impactado al registrarse una reducción del 2 por ciento en la recaudación federal participable comparada con el ejercicio fiscal 2014.
Sin detallar a qué proyectos serían destinados, Cué Monteagudo, justica también que la contratación de la deuda pública es un instrumento utilizado para financiar las acciones del Estado con el fin de satisfacer la demanda de bienes y servicios de la sociedad, así como fortalecer la infraestructura que impulsa el desarrollo económico y social.
Sin embargo, para asegurar el pago de la nueva deuda, Cué Monteagudo ofrece en garantía los ingresos por participaciones federales, recaudación de impuestos, derechos y otros ingresos fideicomisarios.
Además, el Mandatario pide que se le autorice el refinanciamiento de o el prepago de los créditos, empréstitos o valores que actualmente tenga contratados o emitidos con terceros.
Legisladores locales del PAN, PRD y PRI, recordaron que el pasado 5 de mayo, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, declaró la validez de la reforma constitucional en materia de disciplina financiera de estados y municipios, por lo que en breve se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entren en vigor los cambios que prohíben a gobernadores y alcaldes heredar deuda y contraer obligaciones de pago o empréstitos de forma desmedida y opaca.
La Comisión Permanente declaró la constitucionalidad de la reforma que fue turnada al presidente Enrique Peña Nieto para que la signe y de inmediato se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Hasta el momento los Congresos de Guerrero, Michoacán, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Oaxaca, no la han aprobado la reforma en materia de disciplina financiera.
Y es que la reforma es el primer paso para obligar a gobernadores y alcaldes a publicar la totalidad de sus empréstitos y obligaciones de pago en un registro público único que precise como información mínima el deudor, acreedor, monto, tasa de interés, plazo, tipo de garantía o fuente de pago.
Ordena la creación de un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda, así como las sanciones aplicables a los servidores públicos que no cumplan sus disposiciones, además de que ningún empréstito podrá contraerse para gasto corriente, sólo para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos o que tengan propósitos de regulación monetaria.
Así mismo, las legislaturas locales, sólo con el voto en favor de las dos terceras partes de sus miembros, deberán autorizar los montos máximos de deuda en las mejores condiciones del mercado.
Incluso, quedará prohibido para mandatarios locales heredar deuda de corto plazo, por lo que deberán liquidar los créditos a más tardar tres meses de que culmine su gobierno.
Aunque los legisladores aún tienen que elaborar las leyes secundarias, los mandatarios estatales y municipales tendrán obligaciones inmediatas.
Una vez que entre en vigor la reforma “las entidades federativas y los municipios enviarán al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión un informe sobre todos los empréstitos y obligaciones de pago vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, en un plazo máximo de 60 días naturales.
La primera obligación que tienen es reportar al Congreso de la Unión las deudas con garantía federal y sujetarse a la información extra que les soliciten las comisiones tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, esto en un plazo máximo de un mes.
En 90 días naturales, los congresos locales, a través de sus entes fiscalizadores, están obligados a auditar “el conjunto de obligaciones del sector público, con independencia del origen de los recursos afectados como garantía”.
Jaime GUERRERO
Vía Viral Noticias