¿Cuál versión de la reforma laboral te conviene más?

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Transparencia sindical, nuevas formas de contratación, pago por horas, outsourcing, derecho de huelga y seguro de desempleo, son los temas de la reforma laboral que dividen a las bancadas de los tres partidos con mayor presencia en la Cámara de Diputados.

 

La discusión sobre la reforma laboral se ha centrado en la iniciativa preferente enviada por el presidente Felipe Calderón el pasado 1 de septiembre a la Cámara de Diputados, pero éste no es el único proyecto para modificar el mercado del trabajo: en los últimos 15 años, este órgano legislativo ha recibido 503 iniciativas sobre el tema.

De todas ellas, son dos las que se suman al proyecto presidencial y que algunos de sus elementos actualmente están siendo evaluados por la Comisión del Trabajo de San Lázaro: la iniciativa presentada el 11 de septiembre por el frente parlamentario compuesto por los partidos de izquierda y el proyecto de ley que el PRI presentó en la anterior Legislatura.

Entre los tres partidos mayoritarios hay consensos sobre el combate a la discriminación y el acoso sexual, el otorgamiento delicencia por paternidad o la prohibición de pedir pruebas de ingravidez a las mujeres para su contratación.

Entre el PAN y el PRI hay también algunas coincidencias sobre la necesidad de formas de contratación más flexibles, pero el tricolor se ha opuesto a la posible injerencia que pueda tener el Gobierno Federal sobre la vida interna de los sindicatos, argumentando que esto sería una regresión en las conquistas laborales.

El PRD, PT y Movimiento Ciudadano, que se han unido en el Frente Parlamentario Progresista, se han manifestado en contra de la mayoría de los temas propuestos en la iniciativa presidencial pues consideran que cambios como el pago por hora o la flexibilidad en las contrataciones perjudican a los trabajadores.

A continuación te presentamos las posturas de las tres principales fuerzas políticas sobre los temas abordados en los tres referidos proyectos para reformar la Ley Federal del Trabajo.

1. FLEXIBILIDAD LABORAL Y FORMAS DE CONTRATACIÓN

Propuesta del Gobierno Federal:

La iniciativa presidencial contempla la creación de nuevas modalidades de contratación: el contrato por periodo de prueba, de capacitación inicial y para trabajo de temporada.

El contrato por periodo de prueba permite a un patrón contratar a un trabajador por 30 días para demostrar que cumple con los requisitos y aptitudes necesarias para el empleo, y podrá prorrogarse hasta 180 días en puestos directivos o gerenciales.

El contrato de capacitación inicial se firma por un periodo de tres o seis meses, buscando que el nuevo trabajador adquiera los conocimientos y habilidades necesarios para su actividad.

En ambos casos, los trabajadores tendrán el mismo salario del puesto al que pertenecen pero, al final del periodo inicial o de prueba, si el patrón decide que el trabajador no acredita competencia, puede dar por finalizada la relación de trabajo sin responsabilidad alguna (sin pagar liquidación).

En ambos casos, los periodos de contratación son improrrogables y, una vez que un trabajador ha pasado por ambas fases, la contratación debe hacerse por tiempo indeterminado.

La posibilidad de tener un contrato de temporada se establece una vez que, terminado el periodo de prueba y capacitación inicial, el patrón y el trabajador acuerden que el contrato sea continuo o discontinuo en el caso de que se trate de actividades de temporada que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año.

Los trabajadores de temporada tendrán los mismos derechos y obligaciones de los trabajadores de tiempo indeterminado, es decir, en proporción al tiempo trabajado en cada periodo.

La iniciativa no especifica si los trabajadores contratados bajo cualquiera de estos esquemas gozarán de prestaciones o servicios de seguridad social.

El texto de la iniciativa señala que con estas nuevas contrataciones se abriría la posibilidad de que más personas accedan al mercado laboral, y considera que se rompería el ciclo vicioso de que las personas no puedan tener un empleo porque no estén capacitadas.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

El proyecto priista coincide con la propuesta del Ejecutivo en la creación de nuevas modalidades de contratación: contrato por periodo de prueba de 30 días, contratos de capacitación inicial y contratos para el trabajo de temporada.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

La iniciativa de los partidos de izquierda dice defender la estabilidad del empleo y, por ello, promueve que los contratos con los trabajadores sean permanentes.

Considera esta estabilidad como un principio irrenunciable, pues asegura que de ella depende el ejercicio de otros derechos laborales; por esto no apoya, de ninguna manera, otra modalidad de contrato más que la permanente.

2. TRANSPARENCIA SINDICAL

Propuesta del Gobierno Federal:

Prevé el voto libre, directo y secreto de los trabajadores para elegir a su directiva sindical.

Obliga a las directivas de los sindicatos a rendir cuentas a los trabajadores. Se prevé que entreguen a todos los trabajadores sindicalizados un resumen de los resultados de la administración del patrimonio sindical. Este informe debe incluir, por lo menos, la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.

Obliga a que, si el sindicato cuenta con más de 150 agremiados, los resultados deban ser dictaminados por un auditor externo.

Los resultados deben difundirse ampliamente entre los trabajadores miembros del sindicato por cualquier medio posible.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

En el proyecto priista sólo se habla de fortalecer la autonomía sindical dejando asentado que las autoridades públicas deben abstenerse de toda intervención que tienda a limitar el derecho de asociación o entorpezca su ejercicio legal.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

Los partidos de izquierda coinciden en la necesidad de transparentar las decisiones que realizan los órganos directivos de los sindicatos.

Buscan fortalecer la autonomía de los sindicatos y prohibir a cualquier entidad gubernamental incidir en las decisiones de los agremiados.

El proyecto prohíbe a los patrones obligar a los trabajadores –por coacción o cualquier otro medio– a afiliarse o retirarse del sindicato o a votar por determinado candidato para su dirección.

3. DERECHO DE HUELGA

Propuesta del Gobierno Federal:

Busca regular y limitar el derecho de huelga para evitar un perjuicio a la empresa empleadora.

Niega la posibilidad de efectuar una huelga si existe un trámite previo de solicitud de paro.

Prevé como causa para negar el trámite el que no se señalen con precisión las violaciones cometidas por el patrón al contrato colectivo de trabajo y la forma en que deben repararse.

Permite el arbitraje de terceros interesados en huelgas de más de 60 días en servicios públicos y de 120 días en otros casos.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

Sólo menciona la necesidad de regular el método de las votaciones de los trabajadores sindicalizados que pretendan avalar una huelga.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

Considera a la huelga como uno de los principales mecanismos con los que cuentan los propios trabajadores para defender sus derechos.

Prohíbe que una huelga pueda ser afectada por alguna medida administrativa o judicial.

Impide la requisa y otros mecanismos administrativos que el gobierno puede utilizar para impedir o concluir una huelga.

4. OUTSOURCING O SUBCONTRATACIÓN

Propuesta del Gobierno Federal:

La iniciativa define la figura de “subcontratación” y determina que el contrato de prestación de servicios debe constar por escrito.

Obliga a la empresa o entidad contratante del servicio a cerciorarse de la solvencia económica de la empresa contratista y de que ésta cumpla con sus obligaciones en materia de seguridad social y salud.

Señala que, en todo caso, los patrones y los intermediarios son responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

El proyecto priista establece que el patrón que contrate personal por medio de un intermediario, debe verificar que se trate de una persona física o moral legalmente constituida y en cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Coincide también en la figura de responsable solidario en las obligaciones con los trabajadores.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

Especifica que los trabajadores contratados en ese régimen tendrán las mismas condiciones y derechos que quienes ejecutan trabajos similares en una empresa o establecimiento.

Prohíbe a los intermediarios recibir alguna retribución o comisión con cargo al salario de los trabajadores.

Establece también que los patrones que utilicen en su empresa los servicios de los trabajadores proporcionados por otro patrón son responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los empleados.

5. FORMAS DE PAGO DEL SALARIO

Propuesta del Gobierno Federal:

El proyecto establece la posibilidad de que el salario se establezca por unidad de tiempo. En ese caso, el trabajador y el patrón podrán convenir el pago por cada hora de prestación del servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal de ocho horas.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

Sólo establece que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.

Especifica que el salario debe ser remunerador y nunca debe ser menor que el mínimo fijado por la ley.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

Establece que el salario mínimo deberá aumentar anualmente con base a la evolución del costo de la vida y deberá tener un aumento real que retribuya el incremento de la productividad media de la economía, índice que será establecido por la Cámara de Diputados.

Instituye la posibilidad de que sea la Cámara de Diputados quien realice el ajuste de los salarios, a través de un nuevo Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades.

Éste es el tema que más controversia ha causado entre los legisladores de izquierda, quienes acusan que, al dividirse el salario entre el número de horas de una jornada laboral y pagarse por unidad, se terminaría percibiendo un ingreso menor de 8 pesos por hora, en el caso del salario mínimo.

En su comparecencia ante los diputados de la Comisión del Trabajo, la secretaria del ramo, Rosalinda Vélez, explicó que en el caso del pago por horas no se dividirá el salario mínimo entre el número de horas trabajadas por un empleado, pues por cualquier unidad de tiempo debe pagarse el salario mínimo establecido en la ley, sin importar que el empleado y el patrón acuerden trabajar una, dos u ocho horas en la jornada laboral.

6. JUICIOS LABORALES

Propuesta del Gobierno Federal:

Limita a un año el pago de los salarios caídos en el caso de juicios por despido a los trabajadores.

Elimina las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje, pues considera que casi en todas las localidades funcionan Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Incorpora el principio de conciliación en el proceso laboral, pues se pretende que antes de dictarse el laudo, las Juntas se encarguen de resolver los conflictos mediante la conciliación.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

Coincide en la limitación del pago de salarios caídos, con el fin de evitar juicios largos que puedan hacer quebrar a una empresa.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

Especifica que las Juntas de Conciliación y Arbitraje deben tutelar los derechos de los trabajadores.

Establece que trabajador y patrón no son ni serán iguales, por lo que las normas deben favorecer al primero en todo momento.

7. SEGURO DE DESEMPLEO

Propuesta del Gobierno Federal:

No lo contempla.

Propuesta del Partido Revolucionario Institucional:

No lo contempla.

Propuesta del Frente Parlamentario Progresista:

El proyecto propone un seguro de desempleo en todo el país para personas que hayan dejado involuntariamente su empleo.

Establece que para acceder a ese beneficio, el trabajador debe acreditar 150 cotizaciones semanales o 152 cotizaciones en los últimos tres años.

El acceso al seguro de desempleo se dará a partir del día hábil siguiente a la baja y hasta por seis meses.

ADN Político