La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió negar el amparo promovido por Televisa contra la multa por 12 millones 330 mil pesos impuesta por la Comisión Federal de Competencia (CFC) al imputarle prácticas monopólicas por negarle sus contenidos a un operador de cable.
La SCJN rechazó los argumentos esgrimidos por la televisora sobre las facultades de la CFC y la constitucionalidad de algunos artículos de la Ley Federal de Competencia, y estableció que la resolución que emitió el órgano antimonopolio para sancionar a la televisora no violenta el principio de imparcialidad.
La Suprema Corte resolvió que la facultad de la Comisión para declarar la existencia de prácticas monopólicas y las sanciones a éstas no vulnera los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídicas, pues la función del órgano es prevenir y hallar prácticas que atenten contra la competencia y libre concurrencia, los cuales deben prevalecer sobre el interés particular.
Consultadas al respecto, fuentes de la empresa Televisa indicaron que con la sentencia emitida por la Corte aun no queda concluido el litigio en todos sus alegatos.
La decisión que emitió ayer la Segunda Sala de la SCJN no ha definido aún, varios temas con relación al litigio, como por ejemplo algunos que están relacionados con derechos de autor, subrayaron.
Agregaron que la Suprema Corte reservó su resolución para un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el Distrito Federal, por lo que el caso está aún pendiente de una resolución final.
En noviembre del 2009, la CFC emitió una resolución en la que determinó que Televisa es responsable de prácticas monopólicas relativas por negar a Telecable Centro Occidente, el uso, distribución y difusión del paquete de 14 canales (10 de paga y 4 abiertos) que licencia la televisora a los operadores de TV de paga del país.
Sin embargo, Televisa promovió un recurso de reconsideración contra esta resolución en la que, entre otras cosas, alegó que la multa que aplicó la CFC no era la correspondiente, ya que se consideró el salario mínimo de 2009, en tanto que debió haber sancionado por el daño causado. Este fue el único argumento que aceptó la Comisión Federal de Competencia y redujo el monto de la sanción a 12 millones 330 mil pesos, en abril del 2010.
Uno de los alegatos de Televisa en contra de la resolución de la CFC es que este órgano carece de facultades para resolver sobre las relaciones jurídicas de carácter mercantil o de derecho autoral.
En su investigación, la CFC concluyó que la negativa de Televisa de ofrecer la licencia para la retransmisión de sus señales a TCCO se realizó en tres ocasiones.
El Universal