Luis María Aguilar Morales, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó este martes por “notoriamente improcedente” la solicitud del estado de Chihuahua para que se le impida al ministro Eduardo Medina Mora resolver la controversia constitucional promovida por la Presidencia de la República contra el gobierno del panista Javier Corral.
El consejero jurídico del gobierno de Chihuahua, Jorge Espinoza Cortés, presentó ante el presidente de la SCJN una solicitud formal para que se excuse al ministro Medina Mora de conocer y resolver la controversia constitucional 183/2018, la cual fue promovida por el presidente Enrique Peña Nieto a través de su consejero jurídico, Misha Leonel Granados Fernández.
Espinoza Cortés dijo que la solicitud que presentó ante la SCJN procede debido a la existencia de una evidente amistad entre el presidente Peña Nieto y el ministro Medina Mora, además de la relación constante de subordinación de este último con el titular del Poder Ejecutivo Federal en diferentes cargos, razón por la cual tiene impedimento legal para conocer de la controversia.
“Chihuahua no se quedará con los brazos cruzados ante esto, el ministro Medina Mora debe dejar de conocer de la controversia constitucional promovida por Enrique Peña Nieto”, señaló el consejero Jorge Espinoza.
El pasado 29 de octubre, la SCJN –por medio del ministro Medina Mora– suspendió temporalmente las investigaciones o cualquier acción legal del gobierno de Chihuahua en contra del presidente Peña Nieto y cualquier miembro de su gabinete por su presunta implicación en el desvío de 250 millones de pesos destinados para el estado y que fueron a parar a las campañas electorales del PRI en 2015.
La suspensión fue dictada por la Corte al admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta el jueves 11 por la Presidencia en contra del gobierno de Corral.
En un comunicado de la SCJN se informó que Aguilar Morales desechó por resultar notoriamente improcedente el impedimento planteado por el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua en la controversia constitucional 183/2018 en contra del ministro Medina Mora.
“El ministro presidente determinó desechar de plano tal petición debido a que el pleno de la Suprema Corte ha establecido que los impedimentos planteados en juicios de controversias constitucionales no proceden, pues en ellos no se ventilan intereses personales sino básicamente problemas competenciales.
“Conforme a lo establecido por el Pleno de este Alto Tribunal, la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que regula las controversias constitucionales, no prevé la figura del impedimento por parte de los ministros que integran este Alto Tribunal”, detalla el comunicado.
Fuente: proceso.com