El proceso para la designación del nuevo titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), se ha convertido en una lucha de intereses entre integrantes del Congreso Local, exdiputados, la organización Comuna Oaxaca y relaciones sentimentales incluso familiares.
El ejercicio “democrático” podría viciarse ante la estrecha relación que existe entre algunos candidatos y los legisladores, quienes no dudarían en anteponer sus asuntos privados antes que sus deberes profesionales.
Por lo que estarían violentando la Ley Orgánica del Poder Legislativo señala en su artículo 31, fracción VI, que es una obligación de los diputados: Informar de los asuntos en los que tengan intereses o puedan obtener beneficios personales, y excusarse de participar en la promoción, gestión, recomendación y discusión de los mismos.
Entre quienes aspiran a dirigir los destinos de la DDHPO, se encuentran Cesar David Mateos Benítez y Flor Estela Morales Hernández quienes son impulsados por la organización Comuna- Oaxaca que dirige el ex dirigente de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (DDHPO).
Ante esta situación, la diputada Magaly López Domínguez presidenta de la Comisión Permanente de Derechos Humanos del Congreso y al igual que su esposo Gilberto López Jiménez, Director de Asuntos Jurídicos del Congreso, son integrantes de la organización Comuna- Oaxaca, por lo que podrían inclinarse por sus dos candidatos.
Mientras tanto la diputada Eliza Zepeda Lagunas podría inclinarse por Yesica Sánchez Maya toda vez que ha sido su abogada desde hace varios años y ha mostrado su apoyo a la abogada, por lo que pone en entre dicho la objetividad en la toma de decisiones.
Pero además, la también defensora de los derechos de las mujeres es hermana de Miguel Ángel Martínez Maya, Jefe de la Unidad Técnica de la Comisión del Órgano Superior de Fiscalización y también cuñado de Horacio Sosa.
Sánchez Maya, mantiene una relación sentimental con el secretario Técnico la Comisión Permanente de Derechos Humanos, Razhy González Rodríguez, lo que deja ver que no existe objetividad en la actuación del funcionario público respecto a las actividades que el organismo le ha conferido, y que en todo caso, favorecerá en los hechos la propuesta de su pareja.
En todos estos casos, existe el inminente riesgo de que las representantes populares y el funcionario público antepongan sus intereses privados a sus deberes profesionales; y por lo tanto, inclinen el proceso de elección hacia las personas con las cuales ellos tienen relaciones de amistad, en detrimento, del interés común.
De acuerdo a la ley, ambas diputadas tendrían que excusarse de participar en este proceso pues tienen un claro interés en impulsar a la titularidad de la Defensoría a personas con las cuales las unen intereses personales o de grupo que afectan la objetividad en la conducción del proceso.
En tanto Razhy González Rodríguez, estaría incurriendo en actuación bajo conflicto de intereses de acuerdo al artículo 58 de Ley General de Responsabilidades Administrativas que claramente establece: “Incurre en actuación bajo Conflicto de Interés el servidor público que intervenga por motivo de su empleo, cargo o comisión en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga Conflicto de Interés o impedimento legal”.
Por lo que de no retirarse del proceso al igual que las legisladoras deberían ser sancionados, para evitar que éste se corrompa y se vicie.
Carina García