Jaime GUERRERO
El Coordinador de la Bancada de Morena en el Congreso del Estado, Benjamín Viveros Montalvo, presentó una iniciativa con proyecto de decreto, que propone incrementar la duración del segundo periodo ordinario de sesiones del poder legislativo.
Actualmente, el primer periodo ordinario de sesiones es del 15 de noviembre al 15 de abril.
El segundo periodo ordinario de sesiones comprende del 1 de Julio al 30 de septiembre.
En la propuesta de REFORMA, el primer párrafo del artículo 42 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano De Oaxaca, establecería:
Artículo 42.- La Legislatura tendrá períodos ordinarios de sesiones dos veces al año; el primer periodo de sesiones dará principio el día quince de noviembre y concluirá el quince de abril, y el segundo periodo, dará principio el primero de julio y concluirá el treinta y uno de octubre.
También se REFORMA, el primer párrafo del artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para quedar como sigue:
El ARTÍCULO 9 establecería que El Congreso tendrá cada año dos períodos ordinarios de sesiones; el primero comenzará el quince de noviembre y terminará el quince de abril; y el segundo dará inicio el primero de julio y concluirá el treinta y uno de octubre.
El objetivo es claro: desarrollar un mayor número de sesiones plenarias durante el año legislativo, permitiendo así un análisis más exhaustivo y detallado de los asuntos que son competencia de esta soberanía, dijo en tribuna.
De acuerdo a Viveros Montalvo, con la reforma de la constitución local y la ley orgánica planteada, se destinará mayor tiempo al estudio y dictaminación de las iniciativas, acuerdos y demás expedientes que obran en los órganos legislativos, propiciando un enfoque técnico y minucioso en cada resolución.
Además, se favorecerá el seguimiento de las deliberaciones de los grupos parlamentarios, las actividades legislativas y las relaciones institucionales, así como de los planes y programas de las comisiones permanentes y las áreas administrativas.