La mayor vigilancia de las autoridades financieras hacia las instituciones bancarias provocará un aumento de las sanciones.
Luis Pazos, presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), anticipó que en 2010 las multas en contra de intermediarios aumentarán 15%.
En lo que va de 2010, las infracciones alcanzaron mil 700 por un monto de 36 millones de pesos.
Los intermediarios con el mayor número son: Banamex, Bancomer, HSBC y Santander, así como el Banco Azteca y Famsa.
En 2009, se aplicaron 2 mil 300 sanciones a las instituciones de crédito por 56 millones de pesos.
El funcionario anunció que hoy se publicará la nueva Disposición Única para entidades financieras.
Por su parte, Luis Fabre, vicepresidente de la Condusef, detalló que esta medida regulará los contratos de adhesión, el término de operaciones o portabilidad entre clientes e instituciones, información de comisiones, estados de cuenta, comprobantes de operación y publicidad, así como actividades que se apartan de las sanas prácticas bancarias.
Los beneficios a usuarios
Insistió en que, derivado de esta regulación, el usuario se beneficiará con contratos y estados de cuenta más claros y se fortalecerán las medidas de protección al usuario.
Fabre comentó que como parte de la normatividad, las sanciones oscilarán entre los 12 mil pesos y podrían llegar a un millón 150 mil pesos.
Luis Pazos aclaró que el objetivo de la Condusef no es sancionar, sino verificar el cumplimiento de la ley.
Una vez que las disposiciones se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, las entidades tendrán 120 días naturales para ajustar sus contratos, publicidad, así como los estados de cuenta.
Como parte de sus atribuciones, la dependencia podrá vetar las comisiones que pretendan imponer Sofomes, cuando éstas se aparten de sanas prácticas de mercado.
También sancionará a aquellas que incumplan con disposiciones en materia de transparencia.
Nuevas disposiciones
De acuerdo con la circular de la Comisión, la promoción de los productos que hagan los intermediarios no deberá constituirse mediante engaños, falsedades u omisiones.
Tampoco deberá favorecer a una entidad financiera a expensas de un tercero o inducir a error o confusión, respecto a operaciones o servicios propios o de terceros.
Los intermediarios tendrán prohibido incluir comparaciones falsas y deberán proporcionar a esta dependencia un ejemplar de la publicidad, cuando así se les requiera.
El Universal