Integrantes del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, A.C. (Prodesc) dieron a conocer, que tras nueve años de juicio, el Tribunal Unitario Agrario declaró la nulidad de 11 contratos por ilegales entre una empresa eólica española con comuneros de Unión Hidalgo.
Indicaron que el fallo fue en contra de Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A de CV. (Demex), filial de la española Renovalia Energy, se establece que las tierras donde levantaron su complejo de generación de energía, fueron consideradas indebidamente propiedad privada, cuando en realidad son tierras comunales.
Por lo que a casi una década de lucha contra esta eólica, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, le otorgó a comuneros de Unión Hidalgo, la nulidad de los contratos de arrendamiento de tierras con los que una empresa opera un parque eólico en terrenos de esa jurisdicción Istmeña.
La sentencia de nulidad reconoce que la Asamblea General de Comuneros de Juchitán de Zaragoza y sus anexos: Xadani, Chicapa, Unión Hidalgo, la Ventosa y el Espinal., es la única que puede determinar el uso, destino y disfrute de las tierras, ya que por su naturaleza, todas son de uso común, y son los únicos que pueden celebrar contratos de arrendamiento.
Además, establece que Unión Hidalgo es una comunidad agraria e indigena que conserva sus usos y costumbres, en las que el 90% de la población habla su lengua nativa, el zapoteco.
Diana Méndez