Las penas contra secuestradores aumentaron de 70 a 140 años, de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.
En el reglamento se establece que cuando en el plagio se asesine a la víctima la pena será de entre 80 a 140 años de prisión y de 12 mil a 24 mil días de multa. En cambio, si espontáneamente se libera a la víctima dentro de los tres días siguientes a la privación de la libertad, sin que se hubiera presentado agravantes del delito, la pena será de 4 a 12 años de prisión.
Con diversos agravantes, como privar de la libertad a un menor, causarle daño y/o actuar en grupo, entre otras, las penas serán de hasta 80, 90 o 100 años de cárcel y multas de hasta 16 mil días de salario mínimo.
La ley también prevé sanciones para los empleados públicos que no actúen conforme a derecho en esos episodios. El decreto entra en vigor mañana miércoles.
Eje Central