El Gobierno de México afirmó que no entregará a Florence Cassez a Francia para que cumpla su condena de 60 años de cárcel por secuestro, pues no hay garantías de que en ese país pase estos años en prisión, cuando este delito se sanciona en territorio nacional con la pena máxima y “ése es el castigo que pueden esperar todos aquellos que sean condenados en México por este grave delito, sean mexicanos o extranjeros”.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) emitió un comunicado en el que “confirma que la nacional francesa Florence Cassez no puede ser objeto de traslado para cumplir su sentencia en Francia al amparo de la Convención de Estrasburgo”.
De esta forma da respuesta al vocero del Gobierno de la República Francesa, François Baroin, quien solicitó ayer a México “respetar los convenios internacionales que había firmado, en particular, el que concierne el traslado a su país de origen de personas condenadas definitivamente en el extranjero”.
La Cancillería subrayó que el Convenio de Estrasburgo sobre Traslado de Personas Condenadas establece clara e inequívocamente que se requiere el consentimiento del Estado de sentencia y del Estado de ejecución para que se apliquen sus disposiciones. Esto es, el traslado es potestativo para el Estado requerido.
Indicó que “la minuciosa revisión de este caso llevó a una conclusión irrefutable: consentir a su traslado significaría autorizar que otro Estado, de manera absolutamente injustificada, permita la reducción o, incluso, la anulación de la pena a la que los delitos cometidos por Florence Cassez en México le hicieron acreedora”.
Tajante la dependencia señaló que “en México el delito de secuestro se sanciona con la pena máxima. Se trata, en efecto, de una severa disposición legal que expresa la profunda condena de la sociedad mexicana a ese crimen y su determinación por erradicarlo”.
La SRE en su comunicado sostuvo que el presidente Felipe Calderón “en ningún momento se comprometió a la realización del traslado solicitado”, luego de que se dio a conocer una carta enviada por el mandatario a su homólogo Nicolás Sarkozy, el 6 de febrero de 2009, en la que le comunicó que hasta que quedase firme una sentencia condenatoria “se podrá explorar la aplicabilidad del Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas adoptado en Estrasburgo, Francia, el 21 de marzo de 1983”.
Al contrario de lo que han afirmado fuentes anónimas, como se puede constatar en el texto de la carta, el compromiso se limitó a “explorar la aplicabilidad” del Convenio de Estrasburgo, detalló la dependencia. “No se puede sostener, por tanto, que en algún momento se comunicó que se pensaba trasladar a Florence Cassez en caso de que su sentencia fuera definitiva”.
Para analizar el caso los dos presidentes establecieron, en marzo de 2009, una comisión binacional de juristas con el mandato de hacer un examen minucioso de la Convención.
En junio de ese mismo año después de que la comisión binacional sesionó por tres meses, el Gobierno de México concluyó que no existen las condiciones que permitan otorgar su consentimiento para el traslado de Florence Cassez a Francia.
En su extenso comunicado la Cancillería explicó que la posición del Gobierno de México se sustenta en las siguientes consideraciones:
• Existen diferencias sustantivas entre los sistemas jurídicos mexicano y francés que impiden que Florence Cassez cumpla en Francia plenamente la pena aplicada por la justicia mexicana.
• Las declaraciones interpretativas formuladas por Francia al Convenio de Estrasburgo constituyen un impedimento para garantizar que Florence Cassez purgue la totalidad de su pena en territorio francés.
• Dichas declaraciones prevén que, en caso de que Florence Cassez fuera trasladada a su país de origen, su condena quedaría sujeta a las decisiones de las autoridades judiciales francesas en cuanto a las modalidades de su ejecución, incluida la suspensión y reducción de la misma.
• Para México es condición primordial la ejecución de la totalidad de la pena de 60 años de prisión, ya que la ley no permite que en casos de delitos graves como el de secuestro haya beneficios preliberatorios y reducción de sentencias.
Destacó que “el gobierno de México cumple incuestionablemente y de buena fe sus obligaciones internacionales. En este caso lo ha hecho al explorar, tal como se comprometió a hacer, la posibilidad de aplicar el Convenio de Estrasburgo al caso de Florence Cassez”.
El Universal