A LA COMUNIDAD OAXQUEÑA.
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Como es de conocimiento general, con fecha veintiséis de junio del año en curso, fui arteramente agredido por parte de elementos de la Policía Municipal de Oaxaca de Juárez, quienes violaron mis derechos fundamentales y mis garantías constitucionales que todo individuo puede gozar en nuestro país.
Con motivo de tales hechos se puso en peligro mi vida al haber recibido disparos de arma de fuego que fueron accionadas directamente hacia mi persona sin motivo ni justificación alguna, ocasionándome diversas lesiones de las que hasta el día hoy aun no me recupero.
Además de los disparos de arma de fuego que se realizaron hacia mi persona, fui golpeado brutalmente y posteriormente trasladado a los separos de la Policía Municipal dela Ciudad de Oaxaca, en donde no obstante que los disparos de arma de fuego me causaron lesiones graves se me retuvo por varias horas, y finalmente fui puesto a disposición del Ministerio Publico investigador, donde mis agresores pretendieron imputarme la comisión de delitos que no cometí, tan es así que recobre mi libertad.
Derivado de lo anterior, en redes sociales y demás medios de comunicación se manejó la versión de que el suscrito cometí diversos delitos, y que por esa razón se me había detenido, pero la realidad es que todo esto lo realizaron los policías municipales pretendiendo desvirtuar los delitos que ellos cometieron hacia mi persona.
En razón de lo anterior y en uso de mi derecho fundamental de réplica consagrado en el artículo 6° Primer Párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, manifiesto lo siguiente:
Que la Procuraduría General de Justicia del Estado, hoy Fiscalía General del Estado, al investigar los hechos antes mencionados, basándose en grabaciones, testimonios, peritajes y demás pruebas, así como de las propias declaraciones de los Policías Municipales, determinó que el suscrito fui objeto de diversos delitos entre ellos el de Abuso de Autoridad y Homicidio en grado de tentativa, previstos y sancionados por los artículos 208 fracciones II, IX, XIX, XXXI, XL y XLIII, 274, 284, 285 en relación con el 57, 346, 387 todos del Código Penal vigente en el Estado; ´por lo que ejercitó acción penal en contra de los individuos que al amparo de un uniforme de policía cometieron conductas ilícitas en mi agravio y perjuicio.
En razón de lo anterior, el C. Juez Sexto de lo Penal del Distrito del Centro libró la correspondiente orden de aprehensión en contra de mis agresores, quienes fueron detenidos el día de ayer e internados en el reclusorio de esta ciudad, para que respondan de sus conductas reprochables.
Reitero que mi conducta siempre ha estado ajustada a las disposiciones de la Ley y he sido respetuoso de las determinaciones que toman nuestras autoridades que procuran y administran justicia, a lo cuales agradezco la imparcialidad con la que se han conducido hasta el momento, por lo que exijo en mi calidad de ser humano y ciudadano oaxaqueño se aplique la Ley sobre los Policías Municipales que de manera injustificada atentaron contra mi integridad física, poniendo en peligro mi vida, cuando es sabido que a la Policía le corresponde prevenir los delitos y no el que ellos propiamente los cometan en contra de las personas que se encuentran obligados a salvaguardar.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 09 de octubre de 2015.
A T E N T A M E N T E.
ING. EDILBERTO ANTONIO MANZANO MONTERO.