Teléfonos de México (Telmex) no logró la modificación de su título de concesión por la vía judicial, luego de que el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa negó a la telefónica la posibilidad de recurrir la afirmativa ficta para modificar su titulo de concesión.
De modo que tras agotar los recursos judiciales, Telmex deberá presentar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) una nueva solicitud de modificación de su titulo de concesión para poder entrar al mercado de la televisión; la dependencia ha declarado que previa dicha modificación la empresa debe acreditar el cumplimiento del Acuerdo de Convergencia.
En noviembre del año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el recurso de inconformidad promovido por Telmex por el supuesto incumplimiento de la SCT a la resolución de un juez en el 2011, que la obligaba a dar respuesta fundada y motivada a la solicitud de modificación de título de concesión de la telefónica.
Luego de la resolución del máximo tribunal, el expediente regresó al séptimo tribunal colegiado, el cual había concedió el amparo a la telefónica y sería éste quien determinaría si con la negativa de la SCT se dio cumplimiento adecuado a la sentencia.
En mayo del 2011, la SCT negó a Telmex la modificación de su título tras argumentar que la telefónica no había acreditado el cumplimiento del Acuerdo de Convergencia. Dicho acuerdo, emitido por la SCT en el 2006, establece que Telmex debe cumplir con portabilidad, interoperabilidad e interconexión de redes.
TELMEX DECLINÓ OPINAR
Por su parte, Gerardo Soria, presidente del Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), dijo que era previsible que Telmex no obtuviera por la vía judicial la modificación de su título de concesión y que tendrá que buscar la negociación con las autoridades.
Sin embargo, de acuerdo con el especialista, la modificación al título de concesión de Telmex va más allá de la negociación o el cumplimiento del Acuerdo de Convergencia, incluso sería necesario modificar la Ley Federal de Telecomunicaciones.
Lo anterior debido a que el artículo quinto transitorio de la ley establece que los títulos de concesión otorgados antes de 1995 se deben mantener en los mismos términos que otorgaron hasta que concluyan su vigencia.
El Economista