La Secretaría de Bienestar publicó las nuevas reglas con las que funcionará la Pensión para Adultos Mayores. El Acuerdo publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación oficializa que aumentarán los montos de apoyo y se entregará la pensión desde los 65 años y no desde los 68, como anunció el presidente Andrés Manuel López Obrador en marzo.
El acuerdo señala que la ayuda mensual será de mil 550 pesos mensuales que se pagarán bimestralmente.
Durante el sexenio de Enrique Peña Nieto (2013-2018) la pensión tenía la limitante de no entregarla a personas jubiladas o pensionadas que ya recibieran una pensión mayor a mil 92 mensuales, restricción que no existe desde el inicio del gobierno de López Obrador.
Ahora todas las personas adultas mayores de 65 años o más de edad, mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en México podrán recibirla.
El Acuerdo señala que los requisitos para tramitar esta ayuda son:
- Acta de Nacimiento.
- Documento de Identificación vigente: credencial para votar; pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
Si el solicitante no cuenta con identificación oficial puede presentar la de la persona adulta auxiliar de la persona adulta mayor.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
- Formato Único de Bienestar debidamente llenado.
Si los adultos mayores no cuentan con alguno de esos documentos deberán señalar por escrito cuál es el que les falta y el motivo por el cual no lo tienen. El escrito debe estar firmado bajo protesta de decir verdad y ante dos testigos, además de anexar su domicilio y si la tienen una copia de identificación oficial.
La Secretaría del Bienestar también habilitó módulos de atención en los estados para dar mayor información. Aquí puedes consultar la lista.
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