Las y los ciudadanos oaxaqueños que fueron registrados con nombres que transmiten connotaciones negativas, discriminación, burlas o vergüenza, podrán solicitar el cambio de este ante el Registro Civil.
Como resultado de la aprobación por parte de las y los diputados de la LXIV Legislatura, se anexó una fracción más al artículo 137 del Código Civil, para que sea posible rectificar o modificar los nombres propios cuando estos sean motivos de ofensa o burla.
De igual manera los padres y/o tutores que acudan al Registro Civil al reconocimiento legal de sus hijos e hijas o tutorados serán exhortados a evitar poner nombres infamantes, denigrantes, carentes de significado, símbolos o siglas que expongan a las y los menores a ser objeto de burla.
Dicha modificación en el artículo 137 del Código Civil fue aprobada el 19 de junio del 2019 por el Poder Legislativo, a la propuesta realizada por el Diputado Luis Alfonso Silva Romo, quien justificó que en el estado de Oaxaca aún existen personas que registran a sus hijas o hijos con nombres que pueden ser motivos de burla, causando afectaciones psicologías directas en la dignidad, autoestima e identidad de las personas.
Por tal motivo las y los cuídanos tendrán la oportunidad de rectificar y modificar el nombre que se les fue asignado durante su registro.