El Congreso del Estado de Oaxaca aumentó de tres a cinco años de prisión contra quien maltrate o lesione a un menor de edad.
Con la reforma al Artículo 281 del Código Penal Local, se garantizará la integridad física y psicológica de las niñas y niños oaxaqueños, ya que a quien maltrate, altere la salud física y emocional de un menor de edad, además de la pena correspondiente por las lesiones que infiera, se le aumentará hasta cinco años de prisión.
La redacción del texto ya contempla que, se dictarán las medidas necesarias e inmediatas para el tratamiento psicoterapéutico del sujeto activo del delito debiendo el juez y agente del ministerio público proveer lo conducente para que se cumpla esta medida.
También que, decretado el auto de vinculación a proceso en contra del agresor, se le suspenderá el ejercicio de la patria potestad, de la tutela o de la guarda del menor.
El dictamen, aprobado por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia de la 64 Legislatura, establece que de acuerdo a los instrumentos internacionales y nacionales en temas relacionados con la niñez, se debe favorecer en todo tiempo su protección más amplia.
El documento también señala que el Estado tiene la obligación de tomar las medidas necesarias para su debida protección, por lo que a raíz de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en 2008, todas las entidades federativas tienen que realizar las reformas legales necesarias para estar en un ámbito de seguridad jurídica.