Hace unos años, durante el recreo, Ángel Zuriel cayó en una fosa séptica sin tapa en su escuela y murió a consecuencia de ello.
Era sólo un niño. La fosa no debió estar sin tapa y los niños no debían estar cerca de ahí.
Una de las primeras obligaciones del Estado y de sus autoridades es brindarnos seguridad, y en ello se engloba la obligación de cuidarnos.
Ningún niño debe estar desprotegido y la mayor responsabilidad de maestros y autoridades educativas es cuidar a nuestros niños.
Después del accidente, la escuela intentó hacer como si nada hubiera pasado, le pusieron la tapa a la fosa y esperaron a que el recuerdo se borrara.
No querían que pasara de ser un lamentable accidente, pero la vida tenía que seguir.
Esa actitud es fiel reflejo de cómo seguimos siendo indiferentes ante lo que son y lo que representan los derechos humanos.
En un entorno donde la violencia es moneda corriente en redes sociales y medios de comunicación seguimos perdiendo la sensibilidad y así la vida vale cada vez menos.
Tuvo que ser la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca la que tomará cartas en el asunto para, cuando menos, visibilizar y hacer saber a la sociedad y a las autoridades que las cosas no podían ni debían quedar así, como si nada hubiera pasado.
Es así que se emitió una recomendación a la autoridad educativa para que reconociera su omisión de cuidado y reparará integralmente el daño a los padres del pequeño Ángel.
La autoridad no aceptó ni la responsabilidad ni la recomendación.
La fuerza de las recomendaciones de las defensorías y comisiones de derechos humanos es moral, pero perdemos de vista que los derechos humanos son parámetro de legitimidad de la autoridad.
Una autoridad que no respeta, viola y no repara violaciones a los derechos humanos es una autoridad moralmente ilegítima. Y por ese solo hecho no debiera estar investida de poder.
En todo el país, ante la negativa de la autoridad de aceptar las recomendaciones de las ombudsperson, no se puede hacer nada, salvo llamar a dicha autoridad a explicar frente a los legisladores a que expliquen por qué no las aceptan.
En Oaxaca, por fortuna, las cosas son diferentes.
Uno de los medios de defensa de la Constitución local que tenemos es el Juicio para la Protección de los Derechos Humanos que tiene como fin hacer obligatorio el cumplimiento de las recomendaciones de la Defensoría cuando la autoridad no quiere cumplir voluntariamente.
Y esto fue lo que pasó.
La Sala Constitucional de Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca condenó a la autoridad educativa a reconocer su responsabilidad, a reparar integralmente el daño a las víctimas indirectas que son los padres, y a garantizar que hechos así no volverán a ocurrir por falta de cuidado o de una adecuada infraestructura.
Y como parte de la reparación del daño se ordenó la realización de un acto público solemne, ante las víctimas y de cara a la sociedad, de aceptación de la responsabilidad y de ofrecimiento de disculpas por tales hechos.
Independientemente de las reparaciones económicas, las disculpas públicas tienen una fuerte significación política porque el Estado reconoce, en voz de sus representantes, que su deber es – como lo dicen las Constituciones – respetar, promover, garantizar y proteger los derechos humanos de todos, y cuando las violaciones se den, a reparar el daño integralmente.
Así lo sentenció la Sala Constitucional y así se hizo.
Ahí estuvieron valiente y generosamente con todo su dolor los padres y familiares, convencidos de que hoy fue el suyo, pero mañana podría ser el hijo o la hija de cualquiera de nosotros.
No solo se le rindió homenaje a Ángel Zuriel en la misma que había sido su escuela, sino que además las autoridad educativa del estado se comprometió públicamente a revisar instalaciones y protocolos en todas las escuelas de Oaxaca para que cosas como esta no vuelvan a suceder.
Con este tipo de sentencias buscamos un cambio de cultura sobre la base de que la primera obligación de toda autoridad es respetar los derechos humanos de las personas.
*Magistrado Presidente de la Sala Constitucional y Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca